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Sentencias previas.

CC de Colombia se pronunciará sobre tutela que persigue revertir decisión de prohibir corridas de toros.

En el libelo, la Corporación Taurina de Bogotá, arguye en esencia haberse violado el debido proceso al terminar de forma unilateral el contrato para el préstamo de la plaza que estaba firmado hasta el 2015.

18 de agosto de 2014

En el marco de una reciente huelga de hambre de ocho novilleros en las afueras de la plaza de La Santamaría, Bogotá, la Magistratura Constitucional colombiana se pronunciará sobre el restablecimiento de las corridas de toros (Véase relacionado)

En el libelo, la Corporación Taurina de Bogotá, arguyó en su oportunidad haberse violado el debido proceso por parte de la alcaldía de dicha ciudad al terminar de forma unilateral el contrato para el préstamo de la plaza que estaba firmado hasta el 2015, malinterpretando la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Al efecto, cabe recordar que en sentencias anteriores –la primera de ellas en causa C-666/2010–, se expuso por la Magistratura Constitucional colombiana, en primer lugar, que las corridas solo pueden llevarse a cabo en los municipios en los que importen “una tradición regular, periódica e ininterrumpida y que por tanto su realización responda a cierta periodicidad”.

Por otra parte, por fallo dictado en causa C-889/2012 se declaró la constitucionalidad de la Ley 916 de 2004, por la que se estableció el  Reglamento Taurino, el cual dispone que los alcaldes y los concejos municipales no pueden prohibir las corridas de toros en los municipios donde exista tradición, recordando la regulación legal “en cuanto tradición cultural de la Nación, susceptible de ser reconocida por el Estado”, sosteniéndose asimismo que “bien pueden las autoridades locales suspender o no autorizar la realización de un espectáculo taurino, adelantado en plazas de toros permanentes, no permanentes o portátiles, cuando no cumpla con tales requisitos”.

Conforme a lo anterior, se espera que en los próximos días la CC de Colombia se pronuncie sobre el fondo de la tutela de autos.

 

 

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