No se verifica ilegalidad o arbitrariedad.
CS confirmó sentencia y rechaza protección deducida contra Inspección del Trabajo.
La Corte de Apelaciones de Santiago, rechazó el recurso de protección, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección -por parte de un particular- en contra de la Inspección del Trabajo de Providencia y en contra de un fiscalizador de la misma entidad.
El recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales de los numerales 3 inciso 5° y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, por cuanto la Inspección recurrida emitió la Resolución N° 7731/14/ 31 que le impuso a su representada una multa administrativa de 60 UTM indicando como norma infringida y sancionadora el artículo 45 inciso 1° y el artículo 506 del Código del Trabajo.
Al respecto, expuso que el fiscalizador recurrido se constituyó en comisión especial al fijar el verdadero sentido y alcance de los contratos de trabajo de los trabajadores que se individualizaron en el resolución impugnada, resolviendo un tema de absoluta dificultad, que requiere rendición de prueba, ponderarla y calificar los hechos a partir de la posibilidad para que las partes en litigio tengan el debido proceso.
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