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No se verifica vulneración.

CS confirmó sentencia y rechaza amparo contra Gendarmería de Chile.

El libelo se fundó señalando que su representado se encuentra cumpliendo condena de 15 años de presidio mayor en su grado medio, a la que fuera condenado por el Tribunal Oral en lo Penal de San Felipe.

28 de septiembre de 2014

Se dedujo acción de amparo en contra de Gendarmería de Chile, en favor de una persona recluida en el Centro Penitenciario de Valparaíso. 

Al respecto, fundó su libelo señalando que su representado se encuentra cumpliendo condena de 15 años de presidio mayor en su grado medio, a la que fuera condenado por el Tribunal Oral en lo Penal de San Felipe.

En este sentido, expuso que el amparado y su familia tienen domicilio en Catemu, por lo que le correspondería cumplir con su pena en el Centro Penitenciario de San Felipe, a fin de potenciar las visitas y el contacto con sus familiares.

Sin perjuicio de ello, agregó que Gendarmería decidió trasladarlo a Valparaíso esgrimiendo su participación en un supuesto intento de fuga, episodio que jamás fue aclarado.

Así, afirmó que, estando su representado en Valparaíso, ha sido agredido en diversas oportunidades, estando al borde de la muerte, precisando acto seguido que en el año 2013 sufrió una agresión con un arma blanca que le ocasionó una herida en el corazón que debió ser asistida de urgencia en el Hospital Carlos Van Buren y que con motivo de ello se pidió su traslado a Gendarmería, sin obtener respuesta positiva y se solicitó audiencia de cautela de garantías al Juzgado de Garantía de San Felipe, que sólo ofició en el mismo sentido.

Por último, indicó que Gendarmería ha respondido señalando que no se puede proceder al cambio de recinto, pero que se tomarán las medidas para que no vuelva ser agredido. Sin embargo, expresa que en el mes de julio su representado volvió a ser apuñalado.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de amparo.

En su sentencia, adujo que, “del mérito del recurso y de los antecedentes allegados a esta causa, no consta que el recurrente se encuentre en algunos de los supuestos previstos por el artículo 21 de la Constitución Política de la República y teniendo además presente, que la solicitud de traslado del amparado es una facultad exclusiva de Gendarmería de Chile, el presente recurso no podrá prosperar”.

Adicionalmente, sostuvo que Gendarmería deberá cumplir con su deber de garante en cuanto a proteger y velar por la seguridad e integridad física y psíquica del interno que está bajo su custodia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° letra d) del Decreto Ley N° 2859 y del artículo 1° del Reglamento de Establecimiento Penitenciario, adoptando las medidas que fueren pertinentes.

La Corte Suprema –en alzada- confirmó el fallo en todas sus partes.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°24120-2014.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol N°1384-2014.

 

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