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CS rechazó casación en el fondo respecto de término anticipado de contrato por parte de Municipio.
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo en autos sobre reclamo de ilegalidad municipal, en el que la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo y en la forma en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo en autos sobre reclamo de ilegalidad municipal, en el que la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo y en la forma en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por aquella en contra del Decreto Exento N°4092/2012, de 3 de agosto de 2012, firmado por orden del Alcalde de la I. Municipalidad de Lo Barnechea, que puso término administrativamente y en forma anticipada al contrato suscrito entre la Municipalidad de Lo Barnechea y la empresa Ingetech S.A. para la prestación de servicios de vigilancia para las dependencias municipales, por incumplimiento de las Bases Administrativas, específicamente por sobrepasar la cantidad de multas establecidas.
En el arbitrio de nulidad sustancial se denunciaron como infringidos los artículos 6, inciso 1°, y 7 de la Carta Fundamental; 2 de la Ley N° 18.575; 1, 5, 6, 7, 10 y 13 de la Ley N° 19.886; 1, 3, 45 y 46 de la Ley N° 19.880; 63 letra ll) y 66, inciso 1°, de la Ley N° 18.695; cláusulas 2) y 10) del contrato de 29 de junio de 2011, que redujo a escritura pública el Decreto Exento N° 2072 de 19 de abril de 2011; N°s. 9 y 10 de las Bases Administrativas de Adquisición N° 2735-169-LP12; artículos 1545 y 1546 del Código Civil, y 1698 y 1713 del Código Civil.
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo.
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