No se verifica vulneración.
CS aprueba sentencia consultada que rechazó amparo económico contra Municipalidad.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo económico; decisión que, en consulta, fue aprobada en todas sus partes por la Corte Suprema.

Se dedujo acción de amparo económico -por parte de dos particulares- en contra de la Municipalidad de Santiago.
Al efecto, el libelo expuso que el ente municipal infringió el artículo 19 Nº 21 de la Constitución Política de la República, al dictar las Resoluciones Exentas números Nº 947, de fecha 6 de mayo de 2014 y Nº 2649 de 318 de diciembre del mismo año, que pusieron término a sus respectivos permisos de ocupación, por haber infringido uno de los recurrentes la letra k) del artículo 102 de la Ordenanza N° 59 de 6 de octubre de 1994 y el otro la letra j) del artículo 24 de una norma que no identifica, arguyendo que ambas resoluciones se dictaron de manera arbitraria, sin un procedimiento administrativo transparente, en que las partes tengan derecho a una oportuna y adecuada defensa.
Expresaron enseguida que la cancelación de los permisos de ocupación no tiene fundamento, pues la recurrida no señala cómo efectivamente los quioscos que ocupan los recurrentes no han tenido actividad comercial por más de 10, 60 o más días.
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