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No es la vía idónea.

CS confirma sentencia y rechaza protección contra minera por sondajes de agua en comunidad aymara.

Expone en lo grueso el máximo Tribunal que el recurso de protección no es la vía para reclamar supuestos derechos de la familia Ticuna, la única que se opone a las obras.

6 de abril de 2015

En fallo unánime, la Corte Suprema ratificó fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Iquique que -en diciembre de 2014- rechazó un recurso de protección presentado por miembros de la comunidad indígena de Lirima, ubicada en la comuna de Pica, en contra de trabajos de sondajes de agua realizados por la compañía minera Cerro Colorado.

En su sentencia, expone en lo grueso el máximo Tribunal que el recurso de protección no es la vía para reclamar supuestos derechos de la familia Ticuna, la única que se opone a las obras, las que cuenta con el respaldo de la Junta de Vecinos y la Comunidad Aymara de Lirima.

Y es que tal contienda, por su naturaleza, no es una materia que corresponda dilucidar por medio de la presente acción cautelar, ya que ésta no constituye una instancia de declaración de derechos sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y por ende en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre por cuanto lo que se persigue por los actores al accionar por esta vía es que se declare la existencia del derecho de dominio que refieren tener sobre los terrenos denominados «Pampa Lirima», por lo que el presente recurso de protección no está en condiciones de prosperar, sin perjuicio de otras acciones que pudieren corresponder a la recurrente, concluye de ese modo el fallo.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte de Apelaciones de Iquique y de la Corte Suprema.

 

 

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