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Gravedad y urgencia.

CIDH solicita medida cautelar en favor de defensoras de derechos humanos en México.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado de México la adopción de medidas cautelares en favor de las defensoras de derechos humanos E. y K. y sus familiares.

30 de abril de 2015

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado de México  la adopción de medidas cautelares en favor de las defensoras de derechos humanos E. y K. y sus familiares.

Al efecto, cabe recordar que la solicitud expuso que las beneficiarias se encontrarían en riesgo en vista de sus actividades como defensoras de derechos humanos y representantes de las poblaciones desplazadas en la región de la Sierra Madre en Sinaloa, dada la situación de violencia acaecida en la referida región.

Y es que tras analizar los alegatos de hecho y de derecho, la Comisión consideró que la información, en principio, demuestra que las defensoras E. y K., así como sus familiares, se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus vidas e integridad personal se encontrarían en riesgo.

Así, de acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó al Estado de México que adopte las medidas necesarias para preservar la vida e integridad personal de las defensoras E. y K. y sus familiares. Asimismo, instó la adopción de las medidas necesarias para garantizar que las defensoras E. y K. puedan desarrollar sus actividades como defensoras de derechos humanos, sin ser objeto de actos de violencia y hostigamiento por el ejercicio de sus funciones; que concierte las medidas a adoptarse con las beneficiarias y sus representantes y,  que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presentes medida cautelar y así evitar su repetición.

Finalmente, la CIDH también requirió al Gobierno de México informar en el plazo de 10 días contados a partir de la fecha de la resolución, sobre la adopción de las medidas cautelares requeridas y actualizar dicha información en forma periódica.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución.

 

 

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