Se espera sentencia.
TRICEL se pronunciará respecto de apelación deducida por Consejero Regional de La Araucanía.
El TRICEL deberá pronunciarse respecto de un recurso de apelación subsidiario interpuesto por parte de un Consejero Regional de la Novena Región de la Araucanía.

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL) deberá pronunciarse respecto de un recurso de apelación subsidiario interpuesto por parte de un Consejero Regional de la Novena Región de la Araucanía, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la misma Región, que con fecha 26 de marzo de 2014, acogió el requerimiento de remoción presentado en su contra.
Al efecto, cabe recordar que el requerido expuso en esencia en su libelo que el referido fallo no se ajustó al derecho ni a los hechos, estableciendo de una parte una supra aplicabilidad de la ley electoral sobre la ley penal y, además, porque en lo concerniente al análisis de la gravedad de los hechos en relación con la probidad del funcionario público afectado, se extiende sobre puntos que no han sido considerados en el requerimiento.
Conforme a lo anterior, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre el fondo del recurso de autos.
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