Hay voto en contra.
CS invalidó de oficio sentencia y acoge reclamación deducida contra resolución de DGA.
La Corte Suprema invalidó de oficio una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, en autos sobre reclamación del artículo 137 del Código de Aguas.

En fallo dividido, la Corte Suprema invalidó de oficio una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, en autos sobre reclamación del artículo 137 del Código de Aguas, caratulados “Carbomet Energía S.A. contra Dirección General de Aguas”, rechazó la referida reclamación.
En su sentencia, adujo el máximo Tribunal que se advierte que la sentencia carece de las consideraciones que le han de servir de fundamento, en tanto que los falladores no consignan razonamiento alguno acerca de la falta de fundamentación de las resoluciones emanadas de la Dirección General de Aguas en cuya virtud accedió a las peticiones de Aguas Andinas para modificar el punto de captación de sus derechos y, consiguientemente, rechazó las oposiciones presentadas por las distintas empresas interesadas.
En efecto, agrega el fallo, de lo actuado por la Dirección General de Aguas aparece que ésta denegó inicialmente las peticiones de traslado presentadas por EMOS S.A., decisiones que en cada caso asentó en sendos informes técnicos emanados de organismos dependientes de la propia Dirección, y en los que se concluía que no existía disponibilidad del recurso hídrico en el nuevo punto de captación
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