Debido proceso.
CS confirmó sentencia y acoge protección contra Club de Golf por expulsión de socio.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección; decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra del Sport Francés Club de Golf, en contra del Directorio de esa entidad, y en contra del Gerente General.
El recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, consagrada en el artículo 19 N° 2 de la carta fundamental; el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, reconocido en el artículo 19 N° 3, inciso cuarto, de la Constitución Política y el respeto a la honra de la persona y su familia, establecida en el artículo 19 N° 4 del mismo cuerpo normativo.
Al efecto, sostuvo el actor como acto ilegal y arbitrario imputable tanto al Club de Golf Sport Francés como a su Directorio, la sanción de suspensión por un año de sus derechos de socio que le fuera impuesta por este último órgano, por las supuestas injurias que habría proferido en contra de su Presidente y por haber difundido inexactitudes que afectan la credibilidad del directorio en su conjunto.
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