Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS acoge casación y desestima abandono del procedimiento en juicio de indemnización de perjuicios.

Concluye el fallo expresando que queda en evidencia que no existiendo en el proceso inactividad de las partes por un período superior a seis meses, no correspondía aplicar la referida sanción procesal.

Por Redacción·20 de agosto de 2015·3 min de lectura
CS acoge casación y desestima abandono del procedimiento en juicio de indemnización de perjuicios.
Referencial

Se dedujo recurso de casación en el fondo respecto de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que, en el marco de un juicio ordinario de indemnización de perjuicios en contra del Fisco de Chile y de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, confirmó el fallo de primer grado y acogió el incidente de abandono del procedimiento promovido por el demandado.

En el arbitrio de nulidad sustancial el demandante denunció la infracción del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, desde que es un hecho asentado por los jueces del fondo que la última resolución recaída en una gestión útil es de fecha 21 de agosto de 2013 y, por tanto, el plazo de seis meses que establece dicho precepto vencía el 21 de febrero de 2014.

Enseguida, se indicó en el libelo la vulneración del artículo 89 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 319 del mismo texto legal, alegando finalmente el actor la transgresión de los artículos 29, 33 y 34 del Código de Procedimiento Civil.

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