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Sanción de SMA.

Segundo Tribunal Ambiental aprobó clausura de depósito de estériles en proyecto minero.

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en Santiago, aprobó la sanción de clausura temporal y total del depósito de estériles Donoso de la mina Los Bronces.

21 de septiembre de 2015

El  Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en Santiago, aprobó la sanción de clausura temporal y total del depósito de estériles Donoso de la mina Los Bronces, impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) al finalizar uno de los procedimientos sancionatorios que llevó contra la minera ubicada en la Región Metropolitana.

Al efecto, cabe recordar que la SMA determinó la clausura temporal del Depósito de Estériles Donoso porque Anglo American Sur S.A. no resolvió el origen del drenaje ácido detectado durante la inspección ambiental, ni materializó una solución permanente para resolver la presencia de drenaje ácido al pie de dicho depósito. Luego de un recurso de la empresa, dicha sanción quedó sujeta a la condición de implementar una solución definitiva en un plazo de un año, contados desde que la minera obtenga todos los permisos necesarios para ello. En este mismo procedimiento sancionatorio, la SMA sancionó a Anglo American Sur S.A, con $3.421.109.352 (6.554 UTA) por los diversos incumplimientos detectados.

De acuerdo a la Ley Orgánica de la SMA, el ente fiscalizador debe elevar en consulta al Tribunal Ambiental las sanciones, asociadas a revocación de la RCA o clausura que impone al finalizar sus procedimientos administrativos sancionatorios.

En su sentencia, adujo en lo grueso la Magistratura Ambiental que “los fundamentos desarrollados por la SMA en la resolución consultada son, a juicio de este Tribunal, suficientes para justificar la calificación de la infracción como grave (…) Que, dado que la elección de la sanción se enmarca dentro de la discrecionalidad de la SMA para escoger algunas de las sanciones del artículo 39 letra b), requiere que la decisión se encuentre debidamente fundamentada. En este caso, la motivación de la aplicación de las circunstancias contempladas en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la SMA, permite a este Tribunal concluir que el razonamiento que tuvo la SMA es suficiente para imponer a Anglo American Sur S.A. la clausura temporal y total del Depósito de Estériles Donoso”.

Por consiguiente, concluye el Tribunal Ambiental sosteniendo que en sus descargos la minera no negó la ocurrencia de los hechos imputados por la SMA, “y dirigió su defensa a señalar que se infringía el principio non bis in ídem, pues había sido objeto de una sanción por los mismos hechos meses antes de la formulación de cargos. Con todo, los fundamentos desarrollados por la SMA en la resolución consultada, para descartar la defensa del infractor y configurar la infracción del artículo 35 letra a) de la Ley Orgánica de la SMA, no fueron impugnados”.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° C-5-2015.

 

 

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