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Resguardo del medio ambiente.

Diputados proponen reconocer olores como agentes contaminantes.

Corresponde ahora que la moción sea analizada por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

23 de septiembre de 2015

La moción de los diputados Cicardini, Fernández, Fuentes, Pacheco, Pascal y Sepúlveda, sostiene que durante las últimas décadas la lucha a nivel mundial por un medio ambiente libre de contaminación, se ha transformado en uno de los principales puntos de batalla de la sociedad, con el único fin de alcanzar una vida compatible con el desarrollo de las actividades económicas.

Observa luego que dentro de los diferentes tipos de contaminación que existen, la contaminación por olores ha tomado especial relevancia a partir de las molestias y efectos adversos que ésta puede producir en las personas o en el medio ambiente, y que hacen difícil la convivencia pacífica entre los representantes de variados intereses.

Al efecto, los autores de la iniciativa aducen que son innumerables las actividades que generan esta desagradable forma de contaminación, tales como: un manejo inadecuado (producción, transporte, almacenamiento temporal o definitivo, etc.) de residuos o sustancias químicas.

En ese sentido, la iniciativa arguye que una de las actividades que produce gran contaminación odorífica son los planteles de porcinos, los que concentran su actividad principalmente en las regiones Metropolitana, de O’Higgins y de Valparaíso, con un equivalente al 79% de la población porcina de Chile, siendo el principal problema que presenta esta actividad, la utilización de “Sistemas Naturales de Tratamiento de Purines” que incluyen lagunas anaeróbicas o sistema de aplicación directa al suelo, las que han demostrado ser ineficientes para el control de malos olores y vectores de interés sanitarios.

Sin embargo, se indica que actualmente no existe de manera expresa ni en la Ley 19.300 que Aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente ni en su reglamento, el Decreto 40 del Ministerio del Medio Ambiente que Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, una mención específica al tema de la contaminación por olores, ni a los olores molestos, como un elemento que deba ser considerado como un factor contaminante.

Por las razones expuestas, y con el objeto de subsanar tal deficiencia, la iniciativa propone modificar la citada Ley Nº 19.300, estableciendo de manera expresa al olor como un agente contaminante, para efectos de dar protección y certeza jurídica a todos aquellos que, en resguardo propio o del medio ambiente, busquen en la justicia el amparo al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Corresponde ahora que la moción sea analizada por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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