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Hechos falsos.

Corte de Santiago confirmó sentencia y condena a colegio por revelar informe policial a comunidad escolar.

La Corte de Santiago ratificó el fallo que condenó al Liceo Alemán del Verbo Divino de Chicureo, a pagar una indemnización de más de $10.000.000 (diez millones de pesos).

28 de septiembre de 2015

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo que condenó al Liceo Alemán del Verbo Divino de Chicureo, a pagar una indemnización de más de $10.000.000 (diez millones de pesos)  por dar a conocer a la comunidad educativa un informe policial que involucraba a un profesor del establecimiento en un caso de abuso sexual de menores.

La sentencia confirmó resolución que ordena al establecimiento educacional pagar $342.085 (trescientos cuarenta y dos mil ochenta y cinco pesos) y $10.000.000 (diez millones de pesos) a Erick Benítez Rivera, toda vez que la responsabilidad recae en la Fundación Educacional Liceo Alemán del Verbo Divino, representada por el señor Francisco Javier de la Jara Goyeneche, quien actuó en todo momento en representación de ésta en su calidad de rector del colegio Liceo Alemán del Verbo Divino de Chicureo, y no como persona natural, y sólo en lo que respecta al hecho de haber puesto a disposición del cuerpo docente el informe emitido por Policía de Investigaciones de Chile en que se vinculaba al señor Benítez, pues existe al efecto norma expresa, a saber el artículo 182 del Código Procesal Penal, antes transcrito, siendo innecesario además poner en su conocimiento dichas piezas de la investigación, bastando que hubiese explicado la separación de funciones a raíz de dicho informe, sin necesidad de revelar el contenido, atendida la gravedad de los hechos investigados y la forma en que éstos repercuten en la comunidad escolar.

Por otra parte, concluye la sentencia arguyendo que no existe responsabilidad en este hecho por parte del señor de la Jara Goyeneche, en su calidad de persona natural, ni de la Asociación de Padres y Apoderados. El primero, por cuanto, como ya se ha dicho reiteradamente, actuó en representación de la Fundación Educacional, y el segundo, porque no tuvo participación alguna en la decisión de poner a disposición del profesorado el referido informe de la Policía de Investigaciones de Chile.

 

 

 

Vea texto íntegro de las sentencias de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

 

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