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Multa de 1.538 UTA.

Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en reclamación de Antofagasta Terminal Internacional contra multas de SMA.

El Tribunal Ambiental de Santiago escuchó alegatos en la reclamación de Antofagasta Terminal Internacional S.A. (ATI) contra la resolución en que la SMA la multó con 1.583 UTA y le ordenó limpiar la zona urbana aledaña al puerto de esa capital regional.

30 de octubre de 2015

El Tribunal Ambiental de Santiago escuchó alegatos en la reclamación de Antofagasta Terminal Internacional S.A. (ATI) contra la resolución en que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) la multó con 1.583 UTA y le ordenó limpiar la zona urbana aledaña al puerto de esa capital regional.

Al efecto, cabe recordar que la reclamación fue ingresada al Tribunal Ambiental de Santiago el 28 de agosto y admitida el 3 de septiembre bajo el rol R-76-2015. Ese mismo día el Tribunal ofició a la SMA para que informara respecto de los puntos planteados en la reclamación de ATI, documento que fue recién ingresado el pasado jueves 17 de octubre.

De esa forma, las sanciones establecidas por la SMA están relacionadas al segundo procedimiento sancionatorio que el ente fiscalizador lleva contra la empresa, ello a propósito de las diversas denuncias por parte de la comunidad y las fiscalizaciones realizadas en diciembre de 2014, por la aludida Superintendencia de Medio Ambiente.

Dicho proceso de fiscalización, estuvo asociado principalmente al control de emisiones atmosféricas. Dentro de ese proceso la empresa presentó un Programa de Cumplimiento, el que fue aprobado por la autoridad el 6 marzo de este año, suspendiendo de esta forma el procedimiento sancionatorio.

Conforme a lo anterior, el reclamante aduce en su libelo que el mismo día en que la SMA le aprobó dicho Programa de Cumplimiento Ambiental, la entidad fiscalizadora abrió un nuevo procedimiento sancionatorio por infracciones relacionadas, el que culminó el 6 de agosto del presente año, cuando  la SMA dictó la resolución sancionatoria Res. Ex. N° 645/2015 que aplicó la multa  de 1.583 UTA y la orden de limpieza referida.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol R-76-2015.

 

 

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