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Por teléfono u otras vías.

Amplían restricciones para promoción y cobranzas de créditos de consumo.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados.

2 de noviembre de 2015

La moción del diputado Rivas modifica la Ley 19.496, sobre derechos de los consumidores, con el objetivo de limitar la promoción y cobranzas de créditos de consumo por teléfono y otras vías que afecten la privacidad del deudor.

El proyecto de ley establece que las operaciones de consumo en que se fomente y/o conceda crédito directo al consumidor y las actuaciones de cobranza extrajudicial no podrán considerar el envío al consumidor de documentos que aparenten ser escritos judiciales; comunicaciones a terceros ajenos a la obligación; visitas y, en general, conductas que afecten la privacidad del hogar del deudor.

Luego, expone la iniciativa que «como principal argumento para justificar el presente proyecto de ley se encuentra la necesidad urgente de limitar la acción manipuladora y acosadora de los bancos, instituciones financieras y del retail, que promueven sus créditos a través de llamados telefónicos, afectando a miles de personas sometiéndolas a siniestras estrategias comerciales”.

De esa forma, con el propósito de limitar dicha acción es que este proyecto introduce modificaciones significativas a la Ley del Consumidor vigente, ampliando la prohibición de acoso telefónico en caso de moras a la promoción de dichos créditos, incluyendo también a la telefonía móvil, como asimismo, extendiendo las obligaciones de información a todas las acciones de publicidad de las operaciones de crédito.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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