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Arbitrario e ilegal.

CS acogió protección y ordena retiro de letrero de fachada de edificio en Providencia.

La Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó el retiro de un letrero publicitario desde la fachada de edificio ubicado en Avenida Providencia 1.645.

17 de noviembre de 2015

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó el retiro de un letrero publicitario desde la fachada de edificio ubicado en Avenida Providencia 1.645.

En su sentencia, expone el máximo Tribunal que la consulta realizada a los copropietarios por la Administración del Edificio Comunidad 5° Sector, en orden a obtener su aprobación para la instalación de propaganda vertical en la fachada y muros externos del edificio, lo fue en un caso no previsto por la ley, toda vez que como ya se dijo para ello se requería de la aprobación de la asamblea extraordinaria de copropietarios, razón por la que la misma carece de toda validez.

Y es que, teniendo su origen la autorización otorgada por la recurrida para la instalación de propagan vertical en la fachada del edificio (mediante la celebración de un contrato de arrendamiento con la empresa Grupo Led Chile SpA), precisamente en la consulta antes aludida, resulta evidente que dicha actuación es ilegal y vulnera la garantía fundamental del artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, en cuanto se ha afectado la facultad de disposición que los copropietarios tienen respecto de los bienes comunes.

Así, concluye el fallo acogiendo el recurso de protección, debiendo disponer la Administración del Edificio Comunidad 5° Sector, ubicado en Avenida Providencia 1645, comuna de Providencia, el retiro inmediato de la propaganda vertical instalada en la fachada y muros exteriores del referido edificio, además de abstenerse de disponer de dicho bien común sin cumplir con los requisitos que exige la normativa vigente.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y Corte de Apelaciones de Santiago.

 

 

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