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TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto que crea Subsecretaría de Derechos Humanos.

El TC declaró la constitucionalidad de normas contenidas en proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia.

Por Redacción·01 de diciembre de 2015·5 min de lectura
TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto que crea Subsecretaría de Derechos Humanos.
Referencial

El TC declaró la constitucionalidad de normas contenidas en proyecto de ley que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia (Boletín 8207-07).

En su sentencia, expone en lo grueso la Magistratura Constitucional que las disposiciones contenidas en los nuevos artículos 10, 12 y 13 que se introducen al Decreto Ley N° 3.346, propuestos por el número 10) del artículo único del proyecto de ley sometido a control, son propias de ley orgánica constitucional, pues en tanto crean el Comité Interministerial de Derechos Humanos, como una instancia de acuerdos vinculantes para los Ministerios, regulan una materia propia de la ley orgánica constitucional a que se refiere el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política, toda vez que ello implica el ejercicio de potestades por un órgano de carácter interministerial, alterándose la organización básica de la Administración del Estado y modificando, por consiguiente, la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado a que se refiere la aludida disposición constitucional (en similar sentido, sentencias roles N°s 1554, de 6 de enero de 2010; 2061, de 22 de septiembre de 2011, y 2788, de 5 de marzo de 2015).

Asimismo, expone el fallo que este Tribunal, como lo ha hecho en oportunidades anteriores, no puede dejar de pronunciarse sobre otras disposiciones contenidas en el mismo proyecto de ley remitido que, al igual que las normas a las que se viene aludiendo en los considerandos precedentes de esta sentencia, revisten la naturaleza de leyes orgánicas constitucionales, siendo propias de aquéllas.

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