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Correctamente fundada.

Corte de Santiago acogió nulidad y rechaza reclamación contra Inspección del Trabajo por incremento de multa.

En su libelo, la recurrente invoca la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, arguyendo la infracción a la norma contenida en el artículo 506 ter del mismo cuerpo normativo.

23 de diciembre de 2015

Se dedujo recurso de nulidad –por parte de la Inspección del Trabajo- en contra de la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que acogió el reclamo contra la Resolución Nº 407, que incrementó en un 25% las multas fijadas de 2 y 10 UTM, por la inasistencia a curso de capacitación por el que se sustituyó la sanción pecuniaria.

En su libelo, la recurrente invoca la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, arguyendo la infracción a la norma contenida en el artículo 506 ter del mismo cuerpo normativo, toda vez que la sentenciadora desvirtuó la existencia de un caso fortuito como justificación de la inasistencia al programa de capacitación del día 21 de abril, dado que el accidente del trabajador que asistiría a tal curso ocurre el día 14 de abril, lo que otorgaba un margen de al menos 6 días para coordinar la asistencia de otra persona al curso de formación, concluyendo que no existía reproche alguno que formular a la actuación de la Inspección del Trabajo.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad deducido y dictó sentencia de reemplazo, en la que se rechazó la reclamación en cuestión.

En su sentencia, expone que el tribunal a quo, al decidir del modo descrito, incurre en la infracción de ley denunciada, pues configurados los supuestos facticos del enunciado normativo del artículo 506 ter en su inciso final, toda vez que autorizada la sustitución de la multa de conformidad a lo dispuesto en la referida regla, el incumplimiento del empleador-como en la especie se asentó- tiene como consecuencia el aumento de la multa original, tal como se  había resuelto en  la resolución reclamada, lo que importaba el rechazo del reclamo.

Conforme a lo anterior, en la sentencia de reemplazo, la Corte capitalina rechaza el reclamo, sosteniendo que no encontrándose acreditado el fundamento del mismo, no existe reproche que se pueda formular a la actuación de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente, en la resolución N° 407/2015 en virtud de la cual se mantuvieron las dos multas de 10 UTM cada una, incrementadas en un 25% , pues en la dictación de la señalada resolución, la reclamada se ajustó a lo dispuesto por el inciso final del artículo 506 ter del Código del Trabajo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 1348-2015.

 

 

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