130 millones de pesos.
CS confirmó fallo y condena al Fisco pagar indemnización por muerte de Matías Catrileo.
La CS confirmó resolución que ordena al Estado de Chile pagar una indemnización total de $130.000.000 (ciento treinta millones de pesos) a la madre y hermana del joven Matías Catrileo Quezada.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó resolución que ordena al Estado de Chile pagar una indemnización total de $130.000.000 (ciento treinta millones de pesos) a la madre y hermana del joven Matías Catrileo Quezada, quien murió el 3 de enero de 2008, por violencia innecesaria ejecercida por un carabinero, en la Región de La Araucanía.
En su sentencia, sostiene el máximo Tribunal que, de los hechos establecidos por los sentenciadores es posible concluir, tal como lo hicieron los jueces de segunda instancia, que no existió por parte de la víctima directa exposición imprudente al daño, desde que las faltas que éste pudo haber cometido no han tenido relación causal con su muerte en atención a las circunstancias en que ésta se produjo. Efectivamente, el hecho generador del daño ocurre en el momento en que Matías Catrileo Quezada se alejaba de los efectivos de Carabineros, recibiendo el impacto de un proyectil balístico por la zona dorsal del tórax cuando ya se encontraba a unos cincuenta a ochenta metros de los funcionarios policiales.
Y es que manifiesta el fallo que, como quedara consignado en sentencia firme recaída en la causa penal seguida ante el Juzgado Militar de Valdivia: «Se trata de un disparo de larga distancia. El orificio de entrada de proyectil es el que está ubicado en la parte posterior del tronco y que la trayectoria fue de atrás a adelante, de abajo a arriba y de izquierda a derecha». Quedó establecido, además, en dicho proceso criminal que el cabo segundo Walter Ramírez Inostroza utilizó armas de fuego «…no existiendo un peligro real e inminente para su integridad, razón por lo que la violencia ejercida al momento de los hechos fue del todo innecesaria y no encuentra motivo racional que la justifique. A mayor abundamiento, no existe una equivalencia entre las agresiones percibidas por parte de los funcionarios policiales y los medios empleados para repelerlas, esto es, efectuar entre 5 y 6 disparos con un arma de fuego semi automática y de largo alcance.
Te puede interesar

No existe ilegalidad.
Corte de Santiago rechazó reclamo y ordena entregar información sobre contaminantes en Osorno.

Deber de información.
CS rechazó casación y confirma multas aplicadas a empresa eléctrica Pehuenche.

De forma unánime.
CS rechaza casaciones y condena al Fisco indemnizar por errónea identificación de detenido desparecido.

