Diario Constitucional

Con prevenciones y disidencia.

TC acogió inaplicabilidad que impugnó norma sobre bono a funcionarios del Poder Judicial.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección de las garantías constitucionales de que conoce la Corte de Apelaciones de Temuco.

Por Redacción·05 de enero de 2016·7 min de lectura
TC acogió inaplicabilidad que impugnó norma sobre bono a funcionarios del Poder Judicial.
Referencial

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el artículo 4° de la Ley N° 19.531, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 20.224, que concede beneficios al personal del Poder Judicial, de la Academia Judicial y de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección de las garantías constitucionales de que conoce la Corte de Apelaciones de Temuco.

En su sentencia, y respecto a la infracción al derecho a la igualdad ante la ley, expresa la Magistratura Constitucional que, en el caso que se analiza, es posible constatar, en primer término, una diferencia de trato. En efecto, el legislador realiza una distinción al excluir las licencias por enfermedad grave del hijo menor de sólo un año y cuatro meses frente a aquellas licencias que tienen su origen en accidentes del trabajo o en los descansos de maternidad previstos en los artículos 195 y 196 del Código del Trabajo, generando un efecto inidóneo e irracional.

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