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A segundo trámite.

Senado aprobó iniciativa que regula cobros extrajudiciales.

Corresponde ahora que el proyecto sea analizado por la Cámara de Diputados.

11 de enero de 2016

La Sala del Senado aprobó en general y en particular el proyecto de ley que establece nuevas obligaciones a los proveedores de crédito y a las empresas de cobranza extrajudicial.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa presentada por un grupo de senadores, tiene por objeto establecer una mayor protección de los derechos de las personas que han contraído deudas con entidades crediticias, particularmente en lo referido a los abusos a los que se ven expuestos cuando intervienen empresas intermediarias de cobranzas extrajudiciales.

La moción establece que la información proporcionada por la empresa que realiza cobranzas extrajudiciales o los proveedores de créditos en su caso, debe obligatoriamente ser escrita y especifica, antes de iniciar cualquier gestión judicial.

Luego, se agrega que dicha comunicación  deberá señalar, entre otros antecedentes, el nombre de la persona o empresa que encarga la cobranza, la identificación clara y completa de la deuda; el monto adeudado; sus intereses; fecha en la que se incurrió en incumplimiento; gastos de la cobranza; las modalidades de pago que se ofrezcan y los derechos que le asisten en conformidad a esta ley en materia de cobranza extrajudicial.

Finalmente, la Sala respaldó una indicación de autoría de los integrantes de la Comisión de Economía que precisa que “en ningún caso esta empresas podrán comunicar a los deudores consecuencias judiciales que no se hayan iniciado o (…) la ejecución de bienes (embargo)”.

Corresponde ahora que el proyecto sea analizado por la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

  

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