Vía inidónea.
Corte de San Miguel rechaza amparo económico por ordenanza municipal.
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el arbitrio constitucional; decisión aprobada por la Corte Suprema, en consulta.

Se dedujo recurso de amparo económico –por parte de un particular- en contra de la Municipalidad de San Miguel.
El recurrente estimó vulnerada su garantía constitucional correspondiente al derecho a desarrollar cualquier actividad económica, por el acto arbitrario e ilegal del recurrido consistente en ordenanza N°11 del año 2014 se dispuso que todas las máquinas en actual funcionamiento en la comuna deberán ser sometidas a un proceso de reacreditación de su condición de máquinas de habilidad y destreza, y los titulares de las patentes comerciales que las amparan deberán entregar los informes técnicos que reúnan los requisitos señalados en el artículo 8° dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la ordenanza y, si no lo hicieren, se procederá a cursarle una denuncia a la Justicia de Policía Local, que aplicará una multa entre 2 y 5 UTM, pudiendo llegar a decretar la clausura del local que las ampara por ilicitud de la actividad, y que en ese proceso la municipalidad se coordinará con la Superintendencia de Casinos de Juego.
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el arbitrio constitucional; decisión aprobada por la Corte Suprema, en consulta.
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