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En forma unánime.

CS declara inadmisible unificación de jurisprudencia de Ejército por vulnerar derechos de soldado.

La soldado en cuestión se desempeñaba como secretaria en el Centro Clínico Militar de Punta Arenas.

29 de marzo de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia dictada el 19 de diciembre de 2015, por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que rechazó el recurso de nulidad interpuso en contra de resolución del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad que acogió la demanda de tutela laboral y condenó al Ejército por vulneración de derechos de soldado que se desempeñaba en el Centro Clínico Militar de la austral ciudad.

La Cuarta Sala del máximo Tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz,  Gloria Ana Chevesich, Carlos Cerda, Manuel Antonio Valderrama y el abogado (i) Carlos Pizarro– descartó que la sentencia que condenó a la rama castrense por vulneración de los derechos de la soldado Carol Villamán Fernández, se haya adoptado con infracción de ley.

Cabe recordar que la soldado en cuestión se desempeñaba como secretaria en el Centro Clínico Militar de Punta Arenas, trabajo del que fue desvinculada en junio de 2013, pese a contar con fuero maternal.

Por lo anterior, concluye la Corte Suprema expresando que en las condiciones expuestas y, en especial, dado el carácter especialísimo y excepcional que reviste el mecanismo de impugnación que se intenta, particularidad reconocida expresamente por el citado artículo 483 del estatuto laboral, al consagrar su procedencia bajo los supuestos estrictos que la disposición que le sigue consagra, se impone la inadmisibilidad del recurso.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte SupremaCorte de Apelaciones de Punta Arenas y de primera instancia.

 

 

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