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Bien Nacional de Uso Público.

Comisión de Recursos Hídricos entregará propuesta final.

La senadora Muñoz manifestó que dentro de un mes, a más tardar, un mes y medio ya debería estar redactada la propuesta.

19 de abril de 2016

La Comisión Especial de Recursos Hídricos, Sequía y Desertificación comenzará la redacción de su informe final. Y es que ha pasado un año y siete meses desde que comenzó el arduo trabajo de revisar cada una de las mociones y mensajes en trámite vinculadas con su expertise, labor que se dio por concluida en su última sesión. Ha pasado un año y siete meses desde que comenzó el arduo trabajo de revisar cada una de las mociones y mensajes en trámite vinculadas con su expertise, labor que se dio por concluida en su última sesión.

Al respecto, la presidenta de la instancia, senadora Muñoz, sintetizó los principales temas que deberá contener la propuesta que deberá ser presentada a la Sala, y particularmente revisada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, señalando que “lo que hicimos fue revisar cada una de las 9 mociones que hacían referencia al agua, su uso, propiedad, etc., determinamos diferencias y coincidencias. Luego vimos qué de ello estaba consignado en la Constitución Política y qué cambios debían hacerse para preservar ciertos principios y definiciones que discutimos ampliamente”.

Y en cuanto los tiempos, la senadora manifestó que dentro de un mes, a más tardar, un mes y medio ya debería estar redactada la propuesta que tiene como objetivo dejar estipulado en la legislación que el agua es un bien nacional de uso público, y a la vez, entregar insumos para definir los lineamientos centrales de una política nacional del recurso.

De esa forma, la Comisión definirá los siguientes puntos: 1.- El agua es un bien nacional de uso público, en todos sus estados, incluyendo los glaciares. Esto quedará consignado en el artículo 19 inciso 23 de la Carta Fundamental; 2.- Se declara el agua un bien de utilidad pública, por tanto el Estado podrá expropiarla cuando su urgencia lo amerite; 3.- El agua se entregará en concesión a titular en forma temporal. La ley definirá la cantidad de años de dicha concesión. La idea es terminar con la actual política donde los privados son dueños del agua que el Estado les entregó en forma gratuita. La cantidad de años de dicha concesión no estará contemplada en la Constitución porque en ésta se consignan principios generales, pero una ley específica lo definirá. A priori se habla de entre 30 y 35 años; 4.- Se establecerá que el uso prioritario de este elemento será el humano. Por lo anterior, aquellas que personas que se vean privadas del recurso, podrán interponer recursos de protección. Los usos asociados a la minería, agricultura y otros serán considerados como secundarios.

 

 

Vea textos íntegros de los boletines N°s 6.141-09; 6.254-09; 6.697-096.124-09; 7.108-07; 8.355-07; 9.321-12.

 

 

 

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