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Frente a derecho a la intimidad.

TC alemán se pronuncia sobre derecho a conocer ascendencia y resta obligatoriedad a test de paternidad.

Cabe recordar que la demandante de 66 años intentó forzar en 1954 una prueba de paternidad para obtener su reconomcimiento como hija.

22 de abril de 2016

El Tribunal Constitucional alemán declaró no obligatorio el test de paternidad, en respuesta a la demanda deducida por Inge Lohmann, quien se acogía a una ley aprobada en el año 2009, por el Gobierno germano y que garantizaba a todos los individuos el derecho a conocer su ascendencia.

Cabe recordar que la demandante de 66 años intentó forzar en 1954 una prueba de paternidad para obtener su reconomcimiento como hija, con las consiguientes consecuencias legales, pero el supuesto progenitor se negó, de modo que Inge creció solamente bajo la protección materna. Pero cuando en 2009, el gobierno alemán aprobó una ley que garantizaba a todos los individuos el derecho a conocer sus propios orígenes, al igual que el de los padres a determinar científicamente el origen de sus hijos, por lo que la recurrente decidió acudir a los tribunales con la intención de recibir al menos la herencia de su ya nonagenario y supuesto padre, que se negó a someterse a las necesarias pruebas de ADN.

En su sentencia, de la Magistratura constitucional alemana determinó que el derecho de certificar la paternidad queda reducido a su aplicación dentro de la familia, pero no es aplicable a supuestos padres biológicos si estos no se someten de forma voluntaria a las correspondientes pruebas. Agrega que que el derecho de un individuo a conocer sus propios orígenes «no es absoluto» y no puede situarse por encima de los derechos fundamentales de otra persona, como el derecho a la intimidad.

Finalmente, el TC alemán concluyó estableciendo que la negativa a someterse al test de paternidad por parte del supuesto padre biológico no viola en forma alguna los derechos fundamentales de la demandante en este caso, por lo que rechaza el recurso y da la razón a los tribunales que anteriormente se han encargado del caso. Se refiere concretamente a que la negativa a probar la paternidad no viola el derecho del niño al nombre de su padre legal, según establece el Código Civil alemán, aunque admite que solamente en casos excepcionales puede derivarse el derecho a forzar el conocimiento de la propia ascendencia.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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