Diario Constitucional

Establecimientos privados.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Estatuto Docente.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ordinario laboral, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Por Redacción·04 de mayo de 2016·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Estatuto Docente.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, una parte del artículo 1º de la Ley Nº 19.070, que establece el Estatuto Docente.

La parte impugnada del precepto legal en cuestión dispone lo siguiente: “subvencionados conforme al Decreto con Fuerza de Ley Nº 5, del Ministerio de Educación, de 1992”. A su turno, dicho cuerpo legal regula la subvención estatal para los educadores y co-educadores de establecimientos de educación, incluyendo la educación prebásica.

La gestión pendiente incide en autos sobre procedimiento ordinario laboral, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

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