Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas de Estatutos Administrativo y de Investigaciones.
La gestión pendiente incide en autos sobre apelación en recurso de protección, de que conoce la Corte Suprema.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la frase “incompatible” contenida en la letra a) del artículo 150 de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, del artículo 151 del mismo cuerpo normativo y de la letra d) del artículo 91 del Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones, contenido en el DFL N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa.
La gestión pendiente incide en autos sobre apelación en recurso de protección, de que conoce la Corte Suprema.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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