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Por unanimidad.

Corte de Concepción acoge protección contra empresa que administra Biotren.

Concluye manifestando el fallo que la conducta de la recurrida resulta arbitraria, toda vez que carece de razonabilidad su omisión de cumplir con las exigencias impuesta por la Autoridad Ambiental.

6 de mayo de 2016

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección interpuesto por 58 trabajadores del sector km 15,5 de la ruta 160, Concepción-Coronel en contra de Ferrocarriles Suburbanos de Concepción S.A., empresa que administra el Biotren, por la falta de obras para garantizar la seguridad en el cruce férreo ubicado en el mencionado sector.

En su sentencia, expone que si bien en la Resolución de Calificación Ambiental no se especifican los cruces ferroviarios en los cuales deben colocarse las medidas de seguridad antes indicadas, debe entenderse que ellas deben ser implementadas en todos los cruces, que en dicho tramo lo requieran, pues, como la misma resolución lo señala, deben estos ser homogenizados, y teniendo en consideración la cantidad de usuarios peatonales y vehicular que utilizan dicho atravieso, hacen aconsejable las medidas de seguridad indicadas en el motivo anterior, con el objeto de dar un adecuado resguardo de la garantía impetrada.

Así, concluye manifestando el fallo que la conducta de la recurrida resulta arbitraria, toda vez que carece de razonabilidad su omisión de cumplir con las exigencias impuesta por la Autoridad Ambiental para la ejecución y puesta en marcha del proyecto de extensión del biotrén a Coronel (…) Que dicho comportamiento amenaza la garantía constitucional del derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas en cuyo favor se recurre, por cuanto deben transitar por dicho cruce, con el riesgo o amenaza de sufrir un menoscabo de la referida garantía fundamental.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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