En forma unánime.
Corte de Valdivia acoge protección y ordena a institución financiera eliminar a usuario de registro de deudores.
En la sentencia, se expone que el actuar de Detacoop resulta arbitrario, pues precisamente importa una vulneración del uso razonable de sus facultades legales.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por Emir Javier de la Guarda Caminos, en contra del Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras S.A (Sinacofi), la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Detallista Limitada (Detacoop Ltda.), por la publicación de antecedentes de morosidad del demandante en las diversas plataformas financieras del país.
En su sentencia, se expone que el actuar de Detacoop resulta arbitrario, pues precisamente importa una vulneración del uso razonable de sus facultades legales, debido a que procedió a mantener en los registros como deudor moroso al recurrente, con posterioridad a la dictación de la sentencia interlocutoria que declaró el abandono del procedimiento de la causa ejecutiva donde se perseguía el cobro de lo adeudado.
En efecto, sostiene el fallo que, no obstante que la recurrida actuó en ejercicio de sus facultades legales, lo cierto es que el uso indiscriminado de dichas prerrogativas en el caso concreto, tornan dicho actuar en arbitrario, pues existiendo ya un pronunciamiento jurisdiccional, ejecutoriado que declara el abandono del procedimiento, precisamente para perseguir el cobro ejecutivo de la misma suma adeudada que dio origen a la publicación, aparece de manifiesto un ejercicio poco razonable y arbitrario de sus facultades discrecionales, al instar por mantener una publicación respecto de una deuda sin gestión judicial vigente.
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