Limitada regulación.
Proponen modificar Código Aeronáutico en materia de indemnización a víctimas de accidentes aéreos.
Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Transporte y Telecomunicaciones del Senado.

La moción de los senadores García Huidobro, Girardi, Letelier, Matta y Moreira, expone que el Código Aeronáutico fija a las víctima de accidentes aéreos un breve plazo –un año- para ejercer la acción de indemnización de perjuicios en contra de la empresa o línea aérea que presto el servicio.
Observa luego que dicho plazo es extraordinariamente breve y se aleja de manera considerable del plazo de prescripción de la acción de indemnización de perjuicio regulada en el Código Civil, que es de 4 años.
Asimismo, los autores de la iniciativa recuerdan que el texto aeronáutico establece la obligación de la autoridad aeronáutica de iniciar una investigación administrativa sobre las causas del accidente. Sin embargo, arguyen que el Código no establece un plazo a la autoridad aeronáutica para emitir su informe, lo que en la actualidad pone en riesgo el éxito de un juicio de indemnización de perjuicios porque la víctima o sus representantes pueden carecer de este informe el cual es una prueba valiosa para el éxito de la acción que se deduzca.
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