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El Proceso Constituyente y las propuestas sobre el contenido de una reforma o nueva Constitución en el debate en curso. (Parte III).

En la PARTE I DE ESTE REPORTAJE se incluyeron, en orden cronológico, los principales hitos del denominado proceso constituyente desde que el mismo fue anunciado por la Presidente Bachelet. Luego, en la PARTE II, sintetizamos algunas de las opiniones que, en torno a la legitimidad y legalidad del referido proceso se han expresado en diversos medios. […]

14 de julio de 2016

En la PARTE I DE ESTE REPORTAJE se incluyeron, en orden cronológico, los principales hitos del denominado proceso constituyente desde que el mismo fue anunciado por la Presidente Bachelet.

Luego, en la PARTE II, sintetizamos algunas de las opiniones que, en torno a la legitimidad y legalidad del referido proceso se han expresado en diversos medios.

La PARTE III y final de este reportaje se destina a los contenidos, a la discusión de fondo, para lo cual se han seleccionando las principales propuestas que se han formulado por distintas personas y autoridades, movimientos, organizaciones y partidos políticos en relación a los valores, derechos, deberes e instituciones que creen necesario incorporar y configurar en la Constitución.

Diario Constitucional, en su misión académica de divulgar el desarrollo y evolución del Derecho Público en Chile quiere contribuir así a que el lector cuente con suficiente información para que pueda reconstruir el debate y formarse un juicio acabado sobre el proceso constituyente en curso, concluida ya la etapa de los encuentros locales autoconvocados (ELA).

Abril de 2016

Guillermo Teillier aboga por “establecer un mecanismo constitucional especial de EXPROPIACIÓN DE TIERRAS que se encuentran en propiedad de particulares y que serían parte de las tierras ancestrales de las comunidades indígenas a restituir”. El Mercurio (13) editorializa que ello no sorprende atendida “la baja valoración del derecho de propiedad que forma parte del ideario central de la ideología del partido comunista”.

En El Mercurio (13), Joaquín Trujillo, “LA CONSTITUCIÓN Y LA CONTINUIDAD HISTÓRICA”, escribe que “reponer simbólicamente el texto de la Constitución de 1925 y sus reformas como pie forzado para reformarlo hasta que luzca conforme a las necesidades de hoy, y recién entonces ponerlo en vigencia (aprovechando de paso todo nuestro acervo constitucional), es la manera de restablecer la continuidad. Esa continuidad, obviamente, no debe desconocer la vigencia de la Carta actual. Decir lo contrario significaría proponer un interrogatorio anárquico”.

Manuel Inostroza, Héctor Sánchez, Rony Lenz y Ulises Nancuante, escriben sobre “NUESTRO SISTEMA DE SALUD Y LA NUEVA CONSTITUCIÓN”. Abogan por una Constitución como marco general para establecer un nuevo contrato social en salud, en donde se concilie, armónicamente, la tríada libertad-derechos-deberes de las personas con el rol del Estado.  El Mercurio (13).

Renato Cristi escribe que la discusión actual se refiere a la CUESTIONABLE LEGITIMIDAD DE EJERCICIO de lo que estrictamente hablando sería la Constitución de 1989, y a las trabas que ello significa para la efectiva reforma de sus disposiciones. Una solución es que el pueblo, en virtud de su poder constituyente originario, convoque a una ASAMBLEA CONSTITUYENTE para fijar un nuevo texto constitucional. Otra solución es la que han puesto en juego Fontaine y Ossa, que no busca necesariamente REPONER ÍNTEGRAMENTE LA CONSTITUCIÓN DEL 25, sino solo restaurar selectivamente aquellas disposiciones que permitan al pueblo ejercer su PODER CONSTITUYENTE DERIVADO y lograr así liberar a la Constitución del 80 de las trabas que inhiben su efectiva reforma. Esta solución tendría la virtud de respetar nuestra Constitución histórica. Burke, presumo, estaría de acuerdo. El Mercurio (14).

Muchos creen, probablemente de modo errado, que un nuevo ordenamiento constitucional hará de Chile un EDÉN DE PROBIDAD Y DE JUSTICIA en medio de un escenario general en estado crítico. Yo no pienso así. Rodericus. El Mercurio (15).

Eugenio Evans escribe sobre la DECEPCIÓN QUE PUEDE TRAER CONSIGO UNA NUEVA CONSTITUCIÓN, que aun cuando legítima en su origen no tiene por si misma la capacitad de solucionar íntegramente los problemas de la ciudadanía. La Tercera, (15).

Mario Marcel, consejero del Banco Central, previene que no le corresponde a los consejeros intervenir en la discusión legislativa y considera que en el debate constitucional sobre la autonomía del BANCO CENTRAL hay más oportunidades que amenazas. Diario Financiero (15).

Marcela Ríos en La Tercera (18), señala que se han aprobado cambios significativos a las reglas que rigen nuestra democracia, pero siguen pendientes ajustes que aborden los problemas de BAJA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE IMPORTANTES SECTORES DE LA SOCIEDAD, que siguen marginados de la representación formal, lo que afecta particularmente a los pueblos indígenas. Diario Constitucional (18).

Tomás Fuentes escribe sobre el SEMIPRESIDENCIALISMO, en referencia al proyecto que el Senador Allamand presentó hace algunos días al ministro del Interior. Hoy por primera vez se abre una puerta para que junto al cambio constitucional sea debatida una nueva propuesta de un régimen semipresidencial para Chile. El Mercurio (16).

Jorge Correa escribe que la decisión de INCLUIR O NO PRINCIPIOS, CUÁNTOS Y CUÁLES EN LA CONSTITUCIÓN, está lejos de ser una cuestión baladí o puramente estética. Desde luego, en ello se jugará en parte si lo que vamos a escribir es un conjunto de normas para regular al Estado y la actividad política o si vamos a intentar fijar los contornos del orden social, cultural y hasta familiar. Tan solo el temor, la desconfianza al libre juego democrático y la pretensión arrogante de fijar, de una vez y para siempre, la rueda de la fortuna pueden justificar la abundancia de tinta en esta materia. El Mercurio (16).

Juan Luis Ossa Santa Cruz responde al profesor Saralegui: señala que en términos de LEGITIMIDAD DE LA CONSTITUCIÓN DE 1980 ésta se distancia de sus precedesoras en al menos dos puntos: las dos primeras fueron “reformas” explícitas de la anterior; la de 1980 no, pues su naturaleza constructiva y “revolucionaria” se lo impidió. Por otro lado, la Constitución actual justificó que por –al menos- ocho años más el país continuara bajo un régimen dictatorial. Nada de eso se encuentra en las de 1833 y 1925: ni Prieto ni Alessandri intentaron aferrarse al poder apelando a “sus” Constituciones. El Mercurio (18).

Miguel Saralegui escribe en El Mercurio (19), como ha defendido F. Atria, cuando no haya acuerdo entre las fuerzas políticas, será el contenido de 1925 el que se deberá acoger (la REGLA POR DEFECTO), y no el de 1980. Pero ¿QUÉ SIGNIFICA EN CONCRETO ESTE USO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1925? Existen dos inconvenientes, el nuevo texto se construirá con piezas elaboradas con casi cien años de diferencia. El segundo si la ventaja de la Constitución de 1925 estriba en servir de regla por defecto, ¿qué ocurrirá cuando el constituyente quiera incluir problemas que no están registrados en aquella Constitución? 

Jaime Alcalde, en El Mercurio (22), luego de citar los comentarios de Kelsen a la Constitución de 1925, reflexiona que en la hora actual, la lectura de estas consideraciones nos debe llevar a meditar sobre el hecho de que la preparación de una nueva Constitución exige de un pacto donde converja el cuerpo social que lo elabora y que recoja un sistema de libertades concretas. Esas libertades se conforman a partir del círculo de acción de los derechos de cada persona según sus circunstancias particulares, el que se enmarca dentro de una determinada tradición política vivida y sentida como propia, que da origen al sistema de gobierno que se desea. Es en este último aspecto, EL DEL DESARRAIGO, DONDE FALLA LA ACTUAL CONSTITUCIÓN. Pero mirar al pasado como regla de descarte para solucionar el problema puede resultar no solo anacrónico, sino también peligroso.

A LAS PERSONAS QUE PARTICIPARÁN EN LOS DIÁLOGOS CIUDADANOS Y A LOS LATINOAMERICANOS, Juan C. Herrera en El Mostrador (23) LES FORMULA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: (i) ¿Estará la integración latinoamericana y/o suramericana en el debate constituyente? (ii) ¿El interés de Chile con sus vecinos es exclusivamente económico? (iii) ¿En verdad es la identidad nacional chilena tan distinta a la de los otros países suramericanos, como para no integrarse? (iv) ¿Seguirá siendo Chile la Inglaterra del proceso de integración latinoamericano?. Señala que la mayoría de las constituciones de Suramérica han avanzado en este aspecto. Y dentro del marco del nuevo constitucionalismo, lo han hecho mediante “cláusulas latinoamericanas”.

J. Ignacio Correa, en El Mercurio (26), se muestra sorprendido que desde la academia haya surgido la propuesta de sumarse procedimentalmente al proceso constituyente, postulando retomar la Constitución del 25 como regla por defecto, lo que a juicio de sus promotores tendría el gran mérito de evitar comenzar desde cero y pondría coto a las decisiones adoptadas por grupos pequeños de expertos y por cabildos cuya legitimidad no es para nada obvia ni inmediata, porque DICHOS ACADÉMICOS PRESCINDEN DE “LOS JUICIOS CRÍTICOS VERTIDOS TANTO POR LA DOCTRINA INTERNACIONAL COMO POR LA NACIONAL SOBRE LA CONSTITUCIÓN DEL 25”.

Respecto de los DERECHOS SOCIALES, Jorge Mas, Presidente de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) puntualiza que “Uno podría exagerar derechos, pero hay que financiarlos”. Diario Financiero (25).

La DELIBERACIÓN CONSTITUCIONAL ES LEGÍTIMA, PERO NO LO ES CREAR FALSAS EXPECTATIVAS, como decir que el proceso constituyente permitirá tener una Constitución “escrita entre todos”. Eso no es posible, y es mejor no llamar a engaño, escribe Sergio Muñoz en La Tercera (28).

Francisco Vidal escribe en El Mercurio (30), hemos sido tácticamente derrotados, pero hemos ganado estratégicamente, porque PARA EL PAÍS HAN QUEDADO CLARO CUÁLES SON LAS TRAMPAS DE LA CONSTITUCIÓN DEL 80. El reciente fallo, agrega, deja la necesidad de una nueva Constitución, la necesidad de modificar la composición y facultades del TC, e incluso su supresión, dejando la revisión de constitucionalidad a un organismo como la Corte Suprema.

Raúl Bertelsen, ex ministro del TC, escribe en La Tercera (30), que EL TC, O UNA CS CON SIMILARES ATRIBUCIONES, ES PIEZA CLAVE EN LAS DEMOCRACIAS CONSTITUCIONALES CONTEMPORÁNEAS, y agrega que un examen desapasionado y detenido de las sentencias de nuestro TC, muestra que a lo largo de sus diferentes etapas ha sido un moderador de los conflictos que, inevitablemente, surgen respecto a la interpretación de las normas constitucionales entre los diversos órganos del Estado.

En respuesta a Raúl Bertelsen que salió en defensa del TC, Jorge Contesse escribe en La Tercera (3) que “LO QUE OCURRE HOY CON EL TRIBUNAL DE 1980/2005 TIENE POCO QUE VER CON LA FUNCIÓN DE ÁRBITRO CONSTITUCIONAL QUE SE LE DIO ORIGINALMENTE”, y alude a 2 proyectos -la ley de inclusión escolar y la reforma laboral- para afirmar que en ambos casos el Congreso los deliberó y decidió aprobarlos mayoritariamente. Allí, prosigue, “no había conflicto jurídico-constitucional alguno entre los poderes públicos; lo que había era diferencia de opiniones políticas, como es normal en cualquier democracia constitucional”,  sin embargo el TC, “sintomáticamente requerido” por quienes “perdieron las votaciones en el Congreso, no destrabó diferencias de opinión jurídica entre los órganos constitucionales; actuando como un superlegislador, se situó por encima de lo decidido por la voluntad política mayoritaria, permitiendo en un caso (y gracias a un mero voto dirimente) que un proyecto se convirtiera en ley y negando, en el segundo, tal posibilidad. La diferencia entre el TC de la Constitución de 1925 y el que hoy tenemos es evidente”, concluye.

Esteban Szmulewicz, escribe en La Tercera (30), que la decisión del TC abre la oportunidad a una nueva mirada sobre las disposiciones impugnadas, al tiempo que EL DEBATE SOBRE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN INCORPORA TAMBIÉN UNA REVISIÓN DE LAS ATRIBUCIONES DEL TC, a fin de situarlo en un diálogo con las instituciones representativas.

Sobre los cambios a la Constitución, Luis Rubilar escribe en La Tercera (30) que se están creando FALSAS EXPECTATIVAS con una nueva Constitución. 

Jorge Navarrete escribe en La Tercera (30), que pese a que varios dirigentes políticos se han declarado públicamente sorprendidos, lo cierto es que en privado todos reconocen que este desenlace era altamente previsible. Dada la composición de la instancia que de manera última interpreta nuestra Carta Fundamental, en una lógica “binominalizada” y que PONE MÁS EL ACENTO EN LA ORIENTACIÓN POLÍTICA QUE EN LA EXCELENCIA JURÍDICA, lo que debería extrañar es que no se hayan considerado inconstitucionales otras adicionales materias que se sometieron al conocimiento de este tribunal.

Mayo de 2016

Hernán Büchi, escribe en El Mercurio (2), que la “CONSTITUCIÓN ES LA ENCARGADA DE BRINDAR CERTEZA POR ANTONOMASIA, LO QUE NO EQUIVALE A DECIR QUE NO EVOLUCIONE. En Chile, a partir de los cambios plebiscitados en 1989, esta ha sido modificada treinta y tres veces. Sin embargo, hoy su espíritu y letra están nuevamente en entredicho, y no porque se hayan presentado propuestas concretas siguiendo las normas por las que se la puede modificar, sino a partir de un proceso con claras reminiscencias totalitarias en que luego el líder traduce la supuesta "voluntad popular". Que la autoridad tenga que salir a declarar que no está en juego el derecho de propiedad es un sintomático símbolo de confusión e inestabilidad”.

Joaquín Trujillo, escribe en El Mercurio (2), que afortunadamente el destino de una república no lo dicta una sola persona  y, muchas veces, ni siquiera un colectivo, sino la posta de los vivos y los muertos. Así, el GUIÑO AL TEXTO DE LA CONSTITUCIÓN DEL 25 Y SUS REFORMAS permite reorganizar ex post facto nuestra historia constitucional, de la cual hay bastantes pruebas que hacen que la retórica continuista no sea mitología constitucional.

EL TC ES UNA PIEZA CLAVE EN LA DIVISIÓN Y SEPARACIÓN DE LOS PODERES DEL ESTADO y, por tanto, es un aliado de la democracia, la libertad y el respeto de los derechos de las personas, escribe Cristián Larroulet quien cita "El espíritu de las leyes" de Montesquieu: "Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, de los nobles o del pueblo, ejerciera los tres Poderes: El de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre particulares". El Mercurio(2).

PONER EN DUDA LA LEGITIMIDAD DEL TC por haber evitado discriminaciones arbitrarias en el caso de la gratuidad de la educación universitaria y ahora, entre trabajadores sindicalizados y quienes, por ejercer su derecho a la libertad de asociación y sindicalización no los integran, ES UNA PÉSIMA E IRRESPONSABLE SEÑAL, especialmente si ella proviene de las autoridades de gobierno, escribe Eugenio Evans en La Tercera (2).

En respuesta a la carta enviada por un grupo de profesores que calificaron como injustas las críticas formuladas al TC luego de que comunicara su veredicto y declarara inconstitucional algunos aspectos de la reforma laboral, docentes del Proyecto Puentes salen al paso en El Mercurio (3) y afirman que EL TC HA BLOQUEADO DE MANERA INJUSTIFICADA LOS ESFUERZOS DE LA POLÍTICA DEMOCRÁTICA POR REFORMAR EL MODELO NEOLIBERAL IMPUESTO POR LA DICTADURA, OPERA EN LOS HECHOS COMO UNA CÁMARA MÁS y que esa es la manera en que el TC chileno ha actuado.

En su editorial El Mercurio (3) se refiere a la CARTILLA SOBRE EL ACTUAL PROCESO CONSTITUYENTE QUE EL ARZOBISPADO DE SANTIAGO ha difundido en parroquias en la que se plantea "¿qué necesita saber y hacer?" un católico al respecto, con una somera referencia a las razones por las cuales se está proponiendo un cambio a la Constitución, algunas nociones básicas sobre qué es una Carta Fundamental, y por qué ella es importante para los católicos. No se advierte en este documento sesgo alguno, es natural –se dice luego- que ese documento enumere 12 elementos que "resultan importantes para un católico", entre otros el derecho a la vida, derechos humanos, derechos sociales, libertad religiosa, familia y matrimonio, sobre los que, según se anuncia, se abundará próximamente en otra cartilla, aunque se concluye señalando que “La Iglesia mal podría estar ajena a tema contingente alguno que concierna a su amplísimo ministerio en favor de las almas, pero no es evidente que estas cartillas respondan desde ahora a esa misión superior. Más que un problema de legitimidad para opinar, se trata de una cuestión de oportunidad sobre el momento adecuado para hacerla valer”.

Antonio Correa, bajo el titulo “De la forma al fondo” escribe en La Tercera (4), sobre el PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, de larga data ―anterior a los redactores de la Constitución de 1980―, y en el que muchos ven un arma al servicio de injusticias sociales, respecto del cual la constitución vigente consagra dos aspectos: el negativo (no intervención del Estado en materias que no le competen o que los particulares realizan satisfactoriamente) y el positivo (el Estado debe intervenir cada vez que sea necesaria su acción), y que se haya olvidado el aspecto positivo, señala obedece a un criterio o bien de aplicación o de política pública, pero no a su consagración.

Bajo el titulo “Negociación y democracia” escribe en La Tercera (4) Jean Masoliver: “LA POSIBILIDAD DE CONFLICTO ENTRE CONGRESO Y GOBIERNO SIEMPRE EXISTE y muchas veces se requieren organismos de concordia que interpreten la Constitución para zanjar disputas. El TC cumple este rol. Sin embargo, también otro tipo de ejercicios democráticos más directos zanjan conflictos de este tipo: plebiscitos, referéndums e iniciativas populares de ley son igual de democráticas que un TC y pueden hacer más valedera la idea de que una democracia es siempre un juego de negociación, ya sea entre partidos, entre instituciones o entre la ciudadanía y su clase política”.

Es difícil no sentir temor frente al proceso constitucional, cuando vemos DESCALIFICACIONES HACIA EL TC sobre la reforma laboral, cuyo contenido y fundamento aún no se conocen, escribe en El Mercurio (4) Hermann von Mühlenbrock.

Bajo el titulo “Allende y requerimientos al TC”, Arturo Fermandois escribe que,  mientras las discrepancias jurídicas con una sentencia son legítimas en una democracia, las que apuntan al Tribunal mismo no son ni histórica ni científicamente rigurosas. El Mercurio (5).

Fernando Atria responde a Gonzalo Cordero y aclara que está equivocado en cuanto al MOMENTO Y OPORTUNIDAD DE LA CREACIÓN DEL TC. Enseguida respecto a la carta de Cristián Larroulet, expresa que el TC pre-1973 no existía para neutralizar, sino para arbitrar conflictos. Pero el de 1980 no arbitra conflictos, porque puede interferir con la actividad legislativa incluso cuando no hay conflicto alguno entre el Presidente y el Congreso. El Mercurio (5).

En columna “EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN PERSPECTIVA COMPARADA”, Javier Couso opina que el rol, composición y facultades del TC debieran de ser objeto de un detallado análisis en el proceso constituyente actualmente en curso. El Mercurio (5).

Sergio Verdugo, en columna titulada “EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE 1970, DE 1980 Y DE 2005”, observa que el TC de 2005, entonces, no es un TC “presidencialista” (en el sentido del TC de 1970), sino de un TC que arbitra un desbalance institucional donde el Congreso tiene el riesgo de volverse irrelevante frente a la dictadura presidencial. El Libero (5).

Andrés Chadwick, Sebastián Sichel y Rafael Rosell señalan en carta que titulan  “LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN CHILE” que la opción del constituyente derivado de 1970 y de la actual Constitución fue hacer control concentrado a través del TC. Más allá del debate contingente, el verdadero conflicto está en quienes quieren hacer de la democracia el simple imperio autoritario del poder estatal. El Mercurio (6)

Daniel Hopenhayn, escribe en The Clinic (6), sobre “LA INSPIRACIÓN TEOLÓGICA DE LA CONSTITUCIÓN QUE RIGE A CHILE”. Diversos escritos de Jaime Guzmán, así como las actas de la Comisión Ortúzar permiten advertir la vocación mística de algunos conceptos clave que el jurista introdujo en nuestra Carta Fundamental.

Jorge Correa escribe en El Mercurio (7) sobre los llamados DERECHOS ECONÓMICO-SOCIALES Y SI DEBE O NO, Y EN QUÉ TÉRMINOS, RECONOCERSE EN UNA CONSTITUCIÓN, sobre la atribuciones del TC y su generación, y sobre la permanente amenaza de recurrir a instancias internacionales cuando se está en desacuerdo como fallan los jueces nacionales, y concluye señalando que “La democracia es un complejo entramado de deliberación pública, decisiones mayoritarias y controles para garantizar el juego democrático. Nuestra tendencia a privilegiar estos últimos en nombre de vagos principios y eternos listados de derechos constitucionales -presente en la derecha y en la izquierda, y por eso también en los jueces- amenaza con ahogar la soberanía popular, su razonable libertad y, sobre todo, que se haga responsable de lo resuelto”.

QUIENES CRITICAN AL TC, escribe Axel Buchheister en La Tercera (8), ignoran que  no fue creado por la Constitución vigente, sino en una reforma constitucional impulsada por el ex Presidente Frei Montalva y que en la reforma de 2005 (la Constitución que firmó Ricardo Lagos) se le fortalecieron sus potestades de control de la supremacía constitucional lo que se aprobó por amplia mayoría en el Congreso.

En columna “UNA MEJOR CONSTITUCIÓN PARA CHILE”, el ex Presidente Piñera entra al debate sobre la reforma de la Carta Fundamental. Critica el proceso constituyente y pide concretar la discusión en los contenidos antes que en los mecanismos. Entre los planteamientos centrales que formula están: Modernizar el actual régimen presidencial, fortalecer los derechos de las personas, consagrar a nivel constitucional los deberes del Estado con la sociedad y las personas, establecer un mejor equilibrio entre el rol subsidiario y el rol solidario del Estado, impulsar la descentralización, dar autonomía a servicios públicos, modernizar la Contraloría, asegurar la autonomía del Banco Central, modernizar y agilizar el funcionamiento del Congreso y el Poder Judicial. Enseguida, respecto valores y derechos, se refiere a la vida y dignidad de forma de proteger la vida y los derechos humanos de todas las personas, incluyendo a aquellos que están por nacer. Libertad, de manera de proteger y promover la autonomía de las personas en su desarrollo y proyecto de vida, incluyendo la libertad de culto y enseñanza, de elegir, trabajar y emprender, de expresión y reunión. Justicia, para asegurar a todos los ciudadanos un nivel de vida consistente con su dignidad humana, lo cual constituye un mandato para derrotar la pobreza y generar igualdad de oportunidades para desarrollar los talentos, en función de los méritos y esfuerzos de cada cual. Igualdad, con el fin de asegurar la igualdad ante la ley, la igualdad de derechos y obligaciones y la no discriminación arbitraria. Progreso, con el propósito de crear verdaderas oportunidades para todos. Seguridad, de forma de proteger adecuadamente a los ciudadanos frente a la delincuencia, el narcotráfico, el terrorismo. Familia y Maternidad, de manera de resguardar y apoyar la familia y la maternidad como elemento esenciales de una sociedad sana. Pluralismo y Diversidad, a fin de reconocer y valorar las distintas visiones y proyecto de vida. Desarrollo sustentable, para compatibilizar el desarrollo económico con la protección del medio ambiente. Democracia representativa, de forma de asegurar que la soberanía reside en la Nación y esta la ejerce a través de sus representantes, que son las autoridades democráticamente elegidas por los ciudadanos.. El Mercurio (8), Emol (8). El ex mandatario sostiene que la iniciativa oficialista centra su atención en el mecanismo y no en los contenidos, no da garantías de transparencia y crea el mito de que el "modelo neoliberal" es la causa de los problemas. El Mostrador (8).

Bajo el titulo “DANZA CONSTITUCIONAL”, escribe Joaquín Fermandois en El Mercurio (10), que los “26 años de vigencia real de la Constitución de 1980, no por casualidad coinciden con el mejor período de la historia del país desde fines del XIX, al menos medido con los índices con que normalmente se evalúa el progreso o declinación de un país (ciertamente no en todos los índices, no en algunos como en la violencia cotidiana asociada a la delincuencia), para no hablar de la excelente apreciación externa sobre Chile”, y concluye que una “Constitución no puede transformar un país por más derechos que se le agreguen; en cambio, sí puede entumecer y corroer el proceso institucional”. Emol (10).

Juan Pablo Rodríguez, Director Área Legislativa de la Fundación Piensa, escribe en La Tercera (10) sobre la ELECCIÓN DE LOS INTENDENTES.

Claudia Sanhueza, escribe en La Tercera (11) que “EL ADN DE LA ACTUAL CONSTITUCIÓN ES LA PROTECCIÓN DE LA AUTONOMÍA DEL MERCADO Y LOS AGENTES ECONÓMICOS QUE INTERACTÚAN AHÍ”, mientras que “El sentido de la Constitución Económica construida al alero del texto constitucional de 1925 es el reducir la autonomía de lo económico para ampliar la autonomía de lo político, concebido en este caso como un espacio de igual ciudadanía”.

CHILE VAMOS LANZA PROPUESTA CONSTITUCIONAL. Emol (12). Esperan finalmente llevar dichas ideas a un proyecto de ley que será ingresado al Congreso a fines de este año. Entre los planteamientos está reconocer nuevos derechos fundamentales y reforzar actuales: fortalecer el derecho preferente de los padres de educar a sus hijos; el derecho a la vida, la integridad física y síquica, eliminar la pena de muerte y proscribir todo trato degradante e inhumano. Reconocer el derecho de los consumidores y usuarios de servicios del Estado a ser protegidos e indemnizados contra todo abuso que sufran; el derecho de toda persona a la rehabilitación y la reinserción social. Consagrar deberes fundamentales del Estado con los ciudadanos, como por ejemplo, el generar las condiciones adecuadas e indispensables para que toda persona disponga de los recursos necesarios para una existencia acorde con la dignidad humana, un trabajo y vejez digna y el valor fundamental de la maternidad y su protección, en especial en casos de embarazos vulnerables. El resguardo del orden y seguridad pública, la certeza jurídica, la protección de las víctimas, el fomento de la inversión y el crecimiento económico, la protección del medio ambiente y del patrimonio natural en un contexto de sustentabilidad. Crear el defensor de las personas. Garantizar la paz social, la democracia representativa constitucional y un Estado democrático de derecho. Fuerte condena al terrorismo, al narcotráfico, a la delincuencia, la trata de personas y a todo tipo de violencia, sea política, económica y social. Pasar de un Estado Subsidiario y Solidario, declarando “el rol activo e insustituible del Estado en la búsqueda del bien común, reconociendo la prioridad de la Sociedad Civil en ello". Reconocer la multiculturalidad de la nación y la contribución de los pueblos indígenas. Fortalecer y reafirmar el derecho de propiedad. Consagrar la autonomía constitucional de servicios públicos relevantes cumplen funciones claves dentro del Estado (SII, SERNAC, FNE, CPLT, INE, SEA, entre otros). Impulsar la descentralización política y económica en un Estado Unitario aplicando el principio de subsidiariedad territorial. Además de la elección directa de los intendentes, plantean crear asambleas regionales que permitan mayor coordinación. Reafirmar la necesidad y legitimidad del TC. Modificar el régimen político de Gobierno que permitan un mayor equilibrio en las relaciones entre el Presidente de la República y el Congreso Nacional" cambiándolo a un sistema presidencial moderado, aunque están abiertos a un régimen político que podría ser el semipresidencial, que separe las figuras del Presidente de la República y de un Primer Ministro. Ratificar un mecanismo de cambio constitucional participativo e institucional. No son partidarios de una AC y el Congreso Nacional debe intervenir en la futura reforma sin perjuicio que el texto aprobado por los parlamentarios sea sometido a un plebiscito nacional. Emol (12), La Tercera (12), La Tercera (12).

A propósito de la Ley Reservada del Cobre, La Tercera (12) en su editorial señala que “Existe consenso en la necesidad de reemplazar este mecanismo por un sistema de FINANCIAMIENTO DEL GASTO MILITAR que involucre más al Congreso”.

A PROPÓSITO DE LOS 45 AÑOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (1971-2016), Enrique Navarro en El Mercurio (13) escribe que "Como nos lo recuerda Favoreu, se trata de una jurisdicción creada para revisar la sujeción a la Carta Fundamental de las leyes, debiendo velar por el derecho fundamental a la integridad y primacía de la Constitución Política, lo que forma parte sustancial de todo régimen democrático…".

¿REPOSICIÓN DEL VOTO OBLIGATORIO? El Mostrador (13).

Ricardo Irarrázabal, en El Líbero (13), escribe que LAS BASES DE LA PROPUESTA CONSTITUCIONAL DEL GOBIERNO ESTÁN REFLEJADAS EN EL LIBRO “EL OTRO MODELO”, de Atria, Larraín, Benavente, Couso y Joignant, “otro modelo” que choca en aspectos relevantes con varios de los conceptos fundamentales de la Doctrina Social de la Iglesia, muchos de los cuales están recogidos en la Constitución vigente.

Máximo Pavez escribe que LA PROPUESTA CONSTITUCIONAL DE CHILE VAMOS TIENE UNA VIRTUD PRINCIPAL: es un esfuerzo por avanzar en la discusión de fondo y referida a qué cosas hay que perfeccionar de la actual Constitución. La Segunda (13).

Centroderecha difiere sobre alcance del concepto “ESTADO SOLIDARIO”. Es defendido por el PRI y un sector de RN, pero en la Fundación Jaime Guzmán aseguran que no existe. Max Pavez explica que el consenso de Chile Vamos no va en la línea de un Estado solidario, sino que la acción del Estado debe estar guiado por varios principios, entre ellos, la solidaridad", mientras que Eduardo Salas, secretario general del PRI, señala que en el documento aparece “la idea de que uno de los principios de la acción del estado es la solidaridad, y luego se crea un capítulo nuevo de deberes del estado directamente relacionado con ello" lo que nosotros interpretamos como “la idea del Estado solidario” y por eso se dice que se pasa de un Estado eminentemente subsidiario a uno subsidiario y solidario. La Segunda (13). Edmundo Eluchans, sale a explicar el concepto de "Estado solidario", que generó polémica dentro de la oposición. Afirma que “La solidaridad es un elemento componente de la subsidiariedad”. El Líbero (15).

Los constitucionalistas del ala extrema de la NM han descubierto algo muy simple: que LA MEZCLA DE UNOS DERECHOS SOCIALES GENEROSOS CON UNOS JUECES ACTIVISTAS LES PERMITE IR TRANSFORMANDO EL SISTEMA ECONÓMICO desde dentro, de forma independiente a lo que digan las elecciones. Se trata, en suma, de conseguir por la vía de la judicatura lo que no pueden obtener en las urnas, de pedirle al Derecho lo que debe dar la política, escribe en El Mercurio (15) bajo el titulo ”Obsesión constituyente”, Joaquín García Huidobro.

La propuesta constitucional presentada por Chile Vamos, frente al estatismo que promueve la NM,  propone un ESTADO SUBSIDIARIO-SOLIDARIO, que asume un rol proactivo en la promoción de condiciones mínimas para que todos tengan una vida digna, sin pretender hegemonizar las esferas de la sociedad y reemplazar los esfuerzos de las personas, escriben en La Tercera (16) Alejandro Montt, Cristián Stewart y Diego Schalper.

Claudio Arqueros escribe sobre la propuesta de Chile Vamos de PASAR DE UN ESTADO SUBSIDIARIO A UNO SUBSIDIARIO-SOLIDARIO. La Tercera (17).

Propuesta de Chile Vamos plantea incluir la “CERTEZA JURÍDICA” dentro de la Constitución. Sebastián Soto precisa que hay ideologías que creen que el Estado puede afectar derechos de personas. No creemos en aquello. La Segunda (16).

Guillermo Larraín escribe en La Segunda (16) que el RIESGO PARA EL FISCO PROVIENE DE LA JUDICIALIZACIÓN DE LOS DERECHOS NO EXPLÍCITOS EN LA CONSTITUCIÓN.

LA NUEVA CONSTITUCIÓN DEMOCRÁTICA DEBE REORGANIZAR LAS RELACIONES DE PODER ENTRE LAS INSTITUCIONES ESTATALES, ASÍ COMO ENTRE ÉSTAS Y LA CIUDADANÍA, a partir de una arquitectura constitucional radicalmente diferente a la Constitución de 1980, incluidas sus reformas hasta el 2005. Éstas, en lo esencial, mantuvieron estructuras de autonomía del poder militar, diseñadas por el régimen militar, frente al poder democráticamente electo. La nueva Constitución debe retomar la mejor tradición constitucional chilena desarrollada hasta 1973, especialmente en subordinación y obediencia de las FF.AA. frente a la autoridad civil. Uno de los aspectos básicamente inalterados en la actual Constitución es el lugar que ocupan las FF.AA. en ella, así como el uso extensivo del concepto de seguridad nacional que permite conectar a estas instituciones con una variedad de funciones que expanden su rol más allá de la tarea propia de la defensa nacional. Proyecto Puentes en The Clinic (18).

Desgraciadamente, en el último tiempo un sector con un claro objetivo ideológico, ha promovido demagógicamente la idea de que los chilenos mejorarán sustancialmente su calidad de vida y sus expectativas de mayor progreso y justicia social cuando se reemplace la actual Constitución por otra que comprenda una extensa enumeración de DERECHOS SOCIALES como si se tratara de una lista de deseos. La evidencia rechaza esas afirmaciones. Comparando los periodos de vigencia democrática de las Constituciones de 1925 y 1980, desde la perspectiva económica los resultados son elocuentes: la tasa promedio de crecimiento del PIB bajo la Constitución de 1925 fue de 3,5%; con la del 80 correspondió a 5,1%. La inflación con la de 1925 promedió 23,4%; con la Carta Fundamental de 1980, 5,8%. Con la anterior Constitución el crecimiento de los salarios fue de 1,4%; con la de 1980 llegó a 2,7%. Finalmente los ingresos fiscales bajo la Constitución de 1925 llegaron a 14,9% y con la de 1980 a 21,3%., escribe Cristian Larroulet en El Mostrador (19).

En columna titulada “SOLIDARIDAD Y SUBSIDIARIEDAD”, Claudio Alvarado sostiene que tomarse en serio la relación entre solidaridad y subsidiariedad abre nuevas perspectivas, y ellas nos ayudan a terminar con el falso dilema (que buscan instalar ciertas élites) entre un igualitarismo algo trasnochado y el viejo anhelo del laissez faire. La Segunda (18).

Patricio Arrau escribe en El Líbero (19), que el debate sobre los DERECHOS SOCIALES consiste en determinar hasta qué nivel y cobertura pueden ser satisfechos, lo que pertenece a la libre deliberación de la democracia y a las políticas sociales. No es una materia del debate constitucional.

Rolf Luders escribe en La Tercera (20), que Chile Vamos presentó los elementos básicos que debiera contener nuestra Constitución.  Para muchos esta propuesta representa un evidente giro hacia una mayor injerencia del Estado en nuestro ordenamiento fundamental, principalmente porque se incorporaría el PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD. No concuerdo en absoluto con esta apreciación, que sin embargo es el reflejo del mito existente sobre nuestro actual sistema económico-social de que Chile tiene una economía en extremo liberal y eso es falso.

“DEBATE CONSTITUCIONAL: PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA LA DISCUSIÓN”, se titula el trabajo de Sebastián Soto V. y Andrés Sotomayor M., publicado por Libertad y Desarrollo, documento que trata diversas materias relevantes para un debate constitucional informado, en un formato sencillo y accesible. El Mercurio (21), Diario Constitucional (22).

Pablo Valenzuela escribe en La Tercera (23), que el SEMIPRESIDENCIALISMO es una categoría con características claras, implementado de manera exitosa por varios países, como la Quinta República Francesa, Austria o Finlandia. En Francia se instauró para evitar la inestabilidad gubernamental durante la Cuarta República, entre 1946 y 1958. Lo que tuvo Chile entre 1891 y 1925 ha sido mal llamado República Parlamentaria, pero carecía de todas las características distintivas del parlamentarismo: no existía la figura de primer ministro, el Presidente no podía disolver las cámaras del congreso y la censura a los ministros no estaba regulada. Chile tiene una tradición de presidentes fuertes, pero históricamente ha existido un conflicto entre el Ejecutivo y el Legislativo por el alcance de sus facultades, incluso entre 1932 y 1973.  Es necesario considerar cómo una nueva Constitución puede canalizar este conflicto latente de los poderes en aras de una democracia más saludable.

Resultó llamativo que dos ministros de Estado, así como un ex ministro de Hacienda de esta administración, aludieran  al DERECHO DE PROPIEDAD e intentaran entregar certezas de que el actual proceso constituyente no alterará esta garantía, que hoy está sólidamente consagrada en la actual carta fundamental. Es valioso que altos personeros de gobierno reconozcan la importancia de que el derecho de propiedad tenga un fuerte sustento constitucional, pero el solo hecho de tener que plantearlo también es una señal de que podría estar en entredicho. A la luz del diseño constitucional que ha elaborado el gobierno, sobre la base de “cabildos” y que posteriormente derivará en alguna alternativa que incluso podría ser una asamblea constituyente, no hay certeza de que el derecho de propiedad continúe resguardado de la forma en que hoy lo está, y las confianzas que intentan transmitir las autoridades terminan siendo sólo intenciones, lo que da pie a una justificada incertidumbre, señala La Tercera (21) en su editorial.

El reclamo por una EFECTIVA DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO y de la sociedad chilena, política, económica y cultural, es un fuerte reclamo de los habitantes de regiones cada vez más lúcido y contestatario La Presidenta se comprometió públicamente a impulsar las propuestas descentralizadoras de la Comisión Presidencial que ella misma estableciera y que asumió como propias en una reunión solemne en el Congreso Nacional. Este compromiso no se cumple con la sola presentación de un limitado proyecto de ley, escribe Francisco Chahuán en El Mostrador (23).

Desearía celebrar las expresiones del ministro Eyzaguirre al garantizar el pleno respeto al DERECHO DE PROPIEDAD que contendría el proyecto de nueva Constitución y la categórica afirmación del ministro Valdés respecto de la certeza jurídica imperante en nuestro país. Sin embargo, lamentamos constatar que en la Comisión de Recursos Hídricos del Senado se sometieron a votación propuestas de modificación al Art. 19 números 23 y 24 de la Constitución, aprobándose la adición de tres nuevos incisos al número 23, con lo que extinguirían los derechos vigentes y permitirían otorgar nuevos derechos vía concesiones temporales, caducables, circunscritas a fines específicos y sujetas a pago de patentes o tasas, y se rechazó por reiteración de empate, la pretendida eliminación del inciso final del número 24 que reconoce la propiedad de los particulares sobre los derechos de aprovechamiento de aguas al consagrar que "los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos", escribe Patricio Crespo en El Mercurio (24).De haberse aprobado la eliminación del inciso final del Nº 24, y con la previa aprobación de las tres adiciones al Nº 23, se habría configurado el escenario inconstitucional de expropiación de todos los derechos vigentes sin ley y sin determinar indemnización. El proyecto pasó a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, donde esperamos se tengan presentes las expresiones de los señores ministros, las que procuran restablecer las confianzas perdidas y, con ello, recrear el clima indispensable para seguir invirtiendo y reactivar nuestra alicaída economía y sus secuelas en el empleo.

Por largo tiempo se ha hablado del reconocimiento constitucional y de la participación política de los PUEBLOS INDÍGENAS, y pese a que se modificó el sistema electoral, este aspecto quedó fuera de los cambios. La transformación de Conadi en una agenda de desarrollo ha sido propuesta por varios gobiernos, pero esta entidad sigue funcionado igual que cuando se creó hace más de 20 años. La violencia en la región es repudiada transversamente, pero siguen ocurriendo hechos todos los días, escribe Lorenzo Dubois en La Tercera (24). Es hora que el Estado le dé a este tema la relevancia que requiere. Lo que sucede en La Araucanía es grave y urgente.

Las instituciones, como son LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES, PUEDEN SER MUROS O PUENTES PARA ALCANZAR EL DESARROLLO HUMANO. Cuando existen reglas que promueven el derecho de propiedad, el equilibrio macroeconómico, un Estado con límites y la libre iniciativa de las personas en materia económica, se logra mayor desarrollo humano. El Mercurio (25).

Aníbal Rodríguez se pregunta si queremos de verdad mantener la PRIMACÍA DE LA PERSONA, conservar un Estado subsidiario, el respeto al derecho de propiedad y mantener los principios de juridicidad-legalidad, libertad económica e igualdad ante la ley. La Segunda (27). 

El ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, bajo el titulo “Puntales necesarios”, escribe en El Mercurio (29), que el país ya hizo las reformas estructurales que fueron cruciales para el crecimiento económico, que no depende de un gran cambio sino de constantes ajustes. Tenemos una institucionalidad macroeconómica bien organizada.  La regla de balance estructural y los fondos soberanos constituyen un gran activo. También es central la iniciativa exclusiva del Ejecutivo en materia de tributos y gastos, y la restricción del endeudamiento de agentes descentralizados, como los municipios y la autonomía del Banco Central es clave, al igual que un conjunto de reglas que se respetan, que resguardan la fe pública y la certeza jurídica. Ser un país integrado al mundo es parte de la estrategia para crecer. Tenemos aranceles muy bajos, Otro factor para el éxito económico es un Estado efectivo y mercados dinámicos, que se complementen y no se obstruyan entre sí. La PROPIEDAD PRIVADA es otro elemento importantísimo en cualquier economía exitosa, derecho que está protegido de manera robusta, incluida la regulación constitucional de las expropiaciones. Estos elementos son activos fundamentales para el buen funcionamiento de la economía, y los tenemos que cuidar, concluye.

Bajo el título “CIUDAD Y CONSTITUCIÓN”, Sebastián Gray escribe en El Mercurio (28), que "en un debate sobre los mínimos derechos fundamentales para las próximas generaciones en un país mayoritariamente urbano, es hora de determinar las condiciones de vida en nuestras ciudades, definiendo espacios físicos y sociales".

Cristian Fuentes, con el título “DESCENTRALIZACIÓN EN CHILE: NADIE DIJO QUE ERA FÁCIL”, escribe que al ser un problema político, la respuesta debe ser política. Estas acciones se ubican en el origen de la crisis de representación que sufre Chile, ya que los dirigentes defienden sus intereses particulares y se olvidan de los ciudadanos a los cuales les deben sus cargos. Por ende, corresponde a los habitantes y a las organizaciones de cada territorio, presionar a sus respectivos legisladores para que promuevan sus demandas y, con ello, legitimen el ejercicio de la democracia. El Dínamo (28).

Claudio Fuentes, bajo el título “FUERZAS ARMADAS COMO PODER DE SEGURIDAD” escribe en El Mostrador (31), que la nueva Constitución demanda una seria discusión del rol que les cabe a las FF.AA. en un Estado Democrático de derecho, asunto central a la consolidación democrática y muy poco discutido y elaborado. La Constitución señala que las FF.AA. existen “para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional”. El asunto es que el texto constitucional, como muy pocos en el mundo, hace referencia a limitaciones que podrían establecerse en una serie de ámbitos cuando la “seguridad nacional” se viese afectada, incluyendo la libertad de enseñanza, declaración de huelgas, desarrollo de actividades económicas, explotación de yacimientos, actitudes de los ciudadanos para preservarla, situaciones de conmoción interna, etc.

Junio de 2016

“Es necesario salir al paso de la mirada que han tratado de imponer algunos intelectuales de derecha que pretenden desnaturalizar lo que es la SUBSIDIARIEDAD, escribe Máximo Pavez en El Líbero (1).

Jaime Bassa: "Garantizar los DERECHOS SOCIALES va a implicar afectar el bolsillo de los que más tienen". "Los derechos sociales no son bienes que se consumen en el mercado". Pero esa constatación no afectará el derecho de propiedad. Pulso (2).

El cuco ahora son los DERECHOS SOCIALES que podrían ser incorporados a una nueva Constitución, unos derechos que Chile aceptó hace ya medio siglo al suscribir en 1966, en el marco de la ONU, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los mismos que nuestra derecha considera un invento de la Nueva Mayoría".¿No será mucho?, escribe Agustín Squella en El Mercurio (3).

Ramiro Mendoza en El Mercurio (4), escribe sobre “EL DEFENSOR DEL PUEBLO”, señala queno estamos huérfanos de protección ciudadana, pero visiblemente debemos clarificar esta función y despejar su instalación en alguno de los órganos existentes, dando cumplimiento a los Principios de París. Para eso debemos tener "creatividad" y "valentía". Lo primero, para aprovechar instituciones y recursos existentes, sin seguir aumentando la cadena de la burocracia y de nuevos jerarcas; y lo segundo, porque hay que ser valientes para decir que no seguiremos insistiendo en nuevas reformas constitucionales y leyes orgánicas, que solo aportan gasto público, sin relación a las necesidades urgentes que requiere la recuperación de la confianza en el Estado.

Existe un proyecto que incorpora constitucionalmente al DEFENSOR DE LAS PERSONAS, aprobado por todas las fuerzas políticas en la Cámara en 2009. Desde entonces se encuentra en la Comisión de Constitución del Senado. Reactivar esta tramitación es un compromiso gubernamental que no ha ocurrido, escribe Fernando Escobar en La Tercera (6).

En respuesta a Agustín Squella, que sostiene que los "sectores conservadores de nuestra derecha política" habrían entrado en "estado de pánico" a raíz de la LEGISLACIÓN SOCIAL promulgada a comienzos del siglo pasado, en critica a la derecha actual, Nicolás Camino replica en El Mercurio (4) que la primera ley social chilena, la de habitaciones obreras, corresponde a la iniciativa de un conservador: Miguel Cruchaga. Que en 1919 el Partido Conservador presentó al Senado su proyecto de Código Laboral, referido al mejoramiento en las condiciones de trabajo, la formación de sindicatos y el establecimiento de mecanismos de conciliación y arbitraje, y que en el Congreso grandes dirigentes conservadores sostuvieron que la ley debía proteger al más débil y ser fuente de armonía social, aplicando los deberes de justicia y equidad.

Agustín Squella le contesta que raro que los sectores conservadores de nuestra derecha hayan sido los campeones de la LEGISLACIÓN SOCIAL. De haber ocurrido así nunca se habría escindido "el grupo de jóvenes idealistas en los años 30, los que -abandonando cómodas situaciones sociales y económicas- se dieron a la tarea de servir desinteresadamente a su país, bajo la inspiración de la Doctrina Social de la Iglesia Católica", según escribe el lector Álvaro Covarrubias, refiriéndose a la historia del actual PDC. Tanto e imperecedero dolor causó esa escisión en el conservadurismo de nuestra derecha, que esta continúa suspirando hasta hoy por un regreso de la DC a la casa de la derecha, en un cortejo tan prolongado e infructuoso como oportunista e interesado. El Mercurio (5).

Agustín Squella parece sorprendido por el hecho de que los inicios de la LEGISLACIÓN SOCIAL chilena se entrelacen con la acción política conservadora. Quizás tampoco sabe que los primeros promotores de los derechos civiles de las mujeres en Chile fueron también conservadores, escribe Pablo Ortúzar en El Mercurio(6).

Eugenio Guzmán escribe que la SUBSIDIARIEDAD, más allá de los prejuicios de sus detractores, constituye una fuente de sustentabilidad para combinar adecuadamente la libertad individual con la cooperación voluntaria que exige la vida social y política. La Segunda (6).

Cuando se discuten cambios de fondo a la Constitución, sería muy tranquilizador oír del nuevo jefe del gabinete que ello en ningún caso comprometerá la autonomía constitucional y la competencia profesional de que hoy goza el BANCO CENTRAL, señala una editorial de El Mercurio  (11).

Claudio Arqueros, bajo el título “JAIME GUZMÁN Y EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD”, señala que no son pocos los que critican la interpretación del senador sobre la subsidiariedad señalando –algunos guiados por su intuición, otros desde la ignorancia- que habría traducido interesadamente dicho principio. En ánimo de colaborar con sus críticos, parte importante de la motivación de “Subsidiariedad en Chile” se vincula a clarificar lo que efectivamente Guzmán pensaba respecto del rol subsidiario del Estado, suponiendo un reconocimiento de la primacía del ser humano respecto del Estado. El Líbero (13).

Alberto Poblete sostiene en El Líbero (12), QUE SI LA NUEVA CONSTITUCIÓN CAMBIARA EL RÉGIMEN VIGENTE, se pondrá en jaque un sistema que ha promovido decisivamente la inversión nacional y extranjera. Y de nuevo, una decisión más ideológica que práctica -más teórica que prudencial- habrá afectado seriamente las posibilidades de crecimiento y de desarrollo del país, ya bastante mermadas por lo alicaída de nuestra economía.

Que en el PROCESO DE DESIGNACIÓN DEL FISCAL NACIONAL no intervenga el Poder Judicial, que se prohíba la reelección de fiscales regionales y asegurar la independencia presupuestaria del MP para evitar presiones políticas a su gestión, son algunas de las ideas que ayer lanzaron los fiscales que participaron en el encuentro local autoconvocados en el marco del proceso constituyente. Claudio Uribe señala que una nueva Carta Fundamental “debe asegurar la autonomía de nuestra institución, sobre todo ahora, teniendo en cuenta los casos que involucran a políticos. Defendió el rol de los fiscales en esta discusión: somos ciudadanos con opinión, y hay que aprovechar esta oportunidad de participación. El Mercurio (14)

En materia constitucional, MIENTRAS EN EE.UU. LA CONSTITUCIÓN VA A CUMPLIR 240 AÑOS, CON MÍNIMAS ENMIENDAS, EN CHILE SE PRETENDE REDACTAR UNA NUEVA, sobre la base de lo que las personas, en "encuentros locales", manifiesten "sentir" respecto de cuáles son sus siete derechos más importantes, una metodología que daría resultados distintos cada vez que se hiciera, dependiendo del estado de ánimo de los participantes. Con ello, se ignora el carácter técnico que una Constitución debe tener, escribe Álvaro Fischer en El Mercurio (14).

Mientras el Gobierno siga pensando que es necesario "REMOVER LOS CIMIENTOS DEL MODELO NEOLIBERAL" como su prioridad y construya una "obra gruesa" cuyo plan arquitectónico está fundado en constructos abstractos de los derechos de las personas y en concepciones voluntaristas de sus motivaciones, ignorando la naturaleza humana y utilizando el espejo retrovisor como su brújula, el futuro seguirá escapándosele, escribe Álvaro Fischer en El Mercurio (14).

Joaquín Castillo, A PROPÓSITO DEL LIBRO “SUBSIDIARIEDAD EN CHILE. JUSTICIA Y LIBERTAD” (Instituto Res Publica y Fundación Jaime Guzmán, 2016), señala que a diferencia de cierto consenso que parece haber entre los autores del volumen editado por Pablo Ortúzar el 2015, aquél plantea una tesis que ameritará futuras discusiones: la aplicación de la subsidiariedad en Chile no sería fruto de una comprensión sesgada que solo promovería la abstención del Estado, sino que habría logrado su difícil equilibrio suscitando también la actividad de los privados. El Líbero (14).

En “DESCENTRALIZACIÓN”, Juan Pablo Morandé señala que la jerarquía política de Chile es a la vez impenetrable y supervisora. Decisiones que son propias de la gente, hoy son tomadas por personas que no conocen y no pueden conocer. Para dispersar y ramificar el poder se requiere de un quiebre de las esferas de acción de la gente con las decisiones de los políticos. La Segunda (16).

La historia muestra que la democracia moderna se ajustó perfectamente con la economía industrial y postindustrial, con sus correlaciones entre libertad de mercado y libertad política. Pero pareciera que LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA ES, AL DESARROLLO INDUSTRIAL, LO QUE UNA NUEVA DEMOCRACIA CIUDADANA, MÁS EXTENDIDA Y HORIZONTAL, SERÁ AL DESARROLLO DIGITAL, escribe Roberto Meza en El Mostrador (17).

El gobierno desearía ver ampliados en la Constitución los DERECHOS SOCIALES y derogadas aquellas disposiciones que configuran el principio de subsidiariedad, escribe Rolf Luders en La Tercera (17). Ampliar los derechos es popular. Muchos creen que basta con incluir en la carta fundamental un derecho social para que éste sea ofrecido. Además se desea eliminar aquellos párrafos de la Constitución que conforman el principio de la subsidiariedad, porque se identifica a este último con el neo-liberalismo, supuestamente la cuna de todos los males que nos aquejan.  Se argumenta que dicho principio constriñe la acción social del Estado y limita fuertemente la solidaridad.  Otra equivocación. 

El derecho a la poesía debiera consagrarse en la Constitución, escribe Jorge Raga en El Mercurio (18).

Allamand y Walker debatieron sobre PRESIDENCIALISMO y Constitución. El Mercurio (18).

Incorporar el CRITERIO DE SOLIDARIDAD nos permite iluminar la política urbana y así lograr concretar proyectos específicos, que desde la noción de entender que el bien de la sociedad se juega en el bien de todos sus miembros, se hagan cargo de lograr una verdadera igualdad en la geografía de oportunidades dando acceso a los bienes que son fundamentales para el desarrollo de las familias y la sociedad civil, escribe Cristóbal Ruiz-Tagle en El Líbero (20).

Senadoras Goic y Allende plantean abordar VOTO OBLIGATORIO en marco del proceso constituyente. Presidenta del PS señaló que no es partidaria de instalar ahora la discusión con miras a reponer el voto voluntario. Presidenta de la DC expresó que “tal vez debemos analizarlo bajo la lógica de que tenemos derechos y también deberes como ciudadano”. La Segunda (20).

Velemos por resguardar y respetar a todos los chilenos, especialmente a una Iglesia preocupada de la DIGNIDAD DEL HOMBRE, que aboga por el amor, respeto, solidaridad y paz en nuestra civilización y en el país, escribe Jaime Fillol en El Mercurio (21).

¿SOMOS SOLIDARIOS LOS CHILENOS?, se pregunta Raúl Jara en La Tercera (23). Nos autodefinimos mayoritariamente como ciudadanos solidarios, como “campeones de la solidaridad”, pero al parecer la realidad relativiza estas convicciones. Todos debemos contribuir a una sociedad más solidaria, donde los padres inculquen estos valores a sus hijos, donde las leyes e instituciones sociales conversen, donde los jóvenes no teman  donar tiempo, donde los maestros hagan partícipes a sus alumnos de una vida pública, donde los empresarios vean en la filantropía una nueva forma de hacer empresa y donde el bien común prime por los propios intereses de la clase política. Todo esto nos muestra el camino para crear una sociedad más solidaria, libre, justa y equitativa.

Isabel Arriagada y Paz Irarrázabal, bajo el título “LO QUE DIJERON LOS PRESOS EN LOS ENCUENTROS LOCALES”, señalan que la respuesta de la población penal femenina del Centro Penitenciario San Joaquín es ilustrativa y conmovedora. El primer y más importante derecho para las mujeres privadas de libertad es tener acceso a la vivienda digna. Por su parte, los presos de Colina II le dieron prioridad al derecho a la educación y a la participación democrática. The Clinic (27).

Julio de 2016

"PROPUESTAS CONSTITUCIONALES" es el nombre del libro del CEP que será presentado por el ex presidente Sebastián Piñera y por Agustín Squella. Se trata de la continuación de "Diálogos Constitucionales", publicado el año pasado y que fuera por Ricardo Lagos y Enrique Barros. Profesores responden la pregunta ¿Qué haría usted si pudiera redactar la Constitución de Chile?. La Segunda (1).

El Mercurio (2) sintetizó las PRINCIPALES PROPUESTAS recogidas por algunos movimientos y partidos políticos que participaron en estos encuentros:

LA ORGANIZACIÓN LATINOAMERICANA, TECHO, seleccionó entre los derechos el acceso a una vivienda digna, salario equitativo, libertad de expresión, salud y educación. Entre los valores, conceptos tales como integración, democracia, justicia, igualdad, Estado de Derecho, dignidad y seguridad. En materia de deberes respeto por la Constitución, protección del patrimonio y conservación de la naturaleza.

En las discusiones de REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA destaca “el rol garante de derechos” del Estado, sobre todo en aspectos como educación y salud, la descentralización y la necesidad de que la Constitución sea escrita a través de una asamblea constituyente.

En la FUNDACIÓN IGUALES los temas recurrentes en el ítem de valores fueron la igualdad y no discriminación, y la diversidad. La “aplicación directa” de tratados internacionales sobre Derechos Humanos. En tanto, en el ítem sobre derechos, aparece el de casarse y formar una familia. El derecho a la identidad personal y colectiva “que incluya tener nombres y apellidos registrados y libremente escogidos”. El derecho al pleno goce de derechos sin discriminación, garantizándose “igualdad formal e igualdad material que esté protegida mediante recursos de protección”. Y entre las instituciones que se deben considerar destaca aquella relacionada con los DD.HH., con autonomía constitucional, “incluyendo un mandato de lucha contra la discriminación”.

En el MOVIMIENTO CIUDADANO CABILDEROS dicen haberse sorprendido de que un 60% declarara “explícitamente su voluntad de cambiar la Constitución, pero no de dictar una nueva Carta Fundamental”, y que en más de la mitad de las actas se rechazara abiertamente la idea de la asamblea constituyente. La institución más nombrada las Fuerzas Armadas “sin un sesgo ni positivo ni negativo, sino más bien resaltando su rol de garantes o pidiendo más transparencia”. Igualmente destacan el rol del Tribunal Constitucional y de la Contraloría General de la República. En cuanto a los valores, la democracia y la libertad. El de la vida y la igualdad ante la ley se mencionó en el ítem de derechos.

El CÓNCLAVE SOCIAL POR LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE (AC) destaca que la nueva Constitución debe ser escrita a través de una AC. Debatieron también sobre el plebiscito, el referendo revocatorio e iniciativa popular de ley. Marcaron el bien común como base de la convivencia democrática. Enfatizaron, además, en la protección de la identidad cultural de los pueblos originarios. Como valores fundamentales mencionaron, como los principales, dignidad, Estado de bienestar, igualdad de género y conservación de la naturaleza.

En la DEMOCRACIA CRISTIANA, entre los valores destacados, se encuentran el bien común y la igualdad, como “principios inspiradores” de la Constitución. La democracia como “el único régimen de Gobierno que garantiza el pleno respeto a los derechos”. La descentralización comprendida como un esquema de autonomía regionales. En cuanto a los derechos la protección a la vida “de todas las personas en sus diferentes etapas de desarrollo”. El derecho a la educación y a la salud. En el ítem de instituciones, entre las siete escogidas mencionan la opción por los plebiscitos, referendos y consultas. “Reafirmamos nuestro compromiso con el establecimiento de formas de participación directa”, afirman.

En EVÓPOLI lo más recurrente fue el debate en torno al concepto de la libertad. “La Constitución debe resguardar el libre desarrollo de los proyectos de vida de cada persona. El derecho a la vida, la protección de los derechos fundamentales y el ejercicio no abusivo de todos los derechos también fueron temas abordados. Además la idea de una Constitución mínima, liberal y democrática “entendida como aquel marco que garantiza las libertades y derechos fundamentales del ser humano y que convoque a todos a participar de la sociedad con igualdad de oportunidades”. Respecto de las instituciones, discutieron la regulación de las atribuciones y competencias de las Fuerzas Armadas.

En el PARTIDO SOCIALISTA se destacó la democracia, justicia, igualdad y respeto del medio ambiente como cuatro de los siete valores escogidos. En el ítem sobre los principales derechos, el de la salud como el más fundamental, secundado por el derecho a la educación y el de vivienda digna. La igualdad de género y de los pueblos originarios. Entre los deberes la protección y conservación de la naturaleza, el respeto por la Constitución, el ejercicio no abusivo de los derechos y el servicio a la comunidad. El Mercurio (2)

Piñera critica tesis de SEMIPRESIDENCIALISMO defendida por RN. Eso de tener dos cabezas en la conducción del Estado y del Gobierno. No es la mejor solución para Chile. La Segunda (7). Acusó falta de “garantías” del proceso constituyente. La Tercera (7).

Ex Presidente Piñera presentó libro "Propuestas Constitucionales". Documento recoge el trabajo de un grupo de académicos que respondieron la pregunta ¿QUÉ HARÍA USTED SI PUDIERA REDACTAR LA CONSTITUCIÓN DE CHILE?. Emol (6). La Segunda (7) informa que sólo tres constitucionalistas apuestan por mantener actual régimen presidencial en esa publicación.

La Presidenta Bachelet dijo: “LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA POR SÍ SOLA YA NO DA RESPUESTA A LOS ANHELOS DE LA GENTE DE SER PARTE CONSTRUCTORA DE LA SOCIEDAD. Por eso nosotros en Chile estamos haciendo un proyecto constituyente desde abajo hacia arriba”. Quien lo dice, ostenta ese título exclusivamente porque fue elegida según las normas de la democracia representativa. En los hechos, cuestiona la validez del régimen que le permite gobernar y representar al país en el exterior. Además, da a entender que los chilenos estamos abocados a inventar “otra democracia” mediante el llamado proceso constituyente, o sea los encuentros de conversación auspiciados por La Moneda, que no tienen base legal, carecen de representatividad y cuyas resoluciones no obligan a nadie. Este gobierno ha desprestigiado la noción de cambios estructurales. Lo ilustra el volador de luces de la gratuidad universal en la educación superior. Pero lo peor ha sido el populismo constitucional, escribe Sergio Muñoz en La Tercera (7).

AHORA PARA TODO LLAMAN A “PARTICIPAR”. Casi siempre dando a entender que a lo que se aspira no es a una participación representativa o institucional; los canales convencionales estarían agotados. Es más, de lo que se trata es promover agendas muy específicas, no arraigadas en el establishment, para lo cual se requiere concientizar y movilizar primero. De hecho, estos mecanismos de participación, desde sus orígenes, se vienen asociando a objetivos tácticos de minorías políticas activistas. De ahí la fórmula de “diálogos ciudadanos” que eligiera el  gobierno. Cuánto del llamado a “participar” no es más que un intento de servirse de la apatía generalizada organizando a minorías activistas militantes “desde abajo” y ver cuántos goles logran meter, se pregunta Alfredo Jocelyn-Holt en La Tercera (9).

RELACIONADOS
* Vea reportaje: todo sobre el proceso constituyente concluida la etapa de los encuentros locales autoconvocados. (Parte I)…
* Vea el debate en torno a la legitimidad y legalidad del proceso constituyente. Opiniones, críticas, sugerencias formuladas durante su desarrollo. (Parte II)…

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