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Modifica Código Penal.

Proyecto sanciona con penas de cárcel a quienes no cumplan con régimen de relación directa y regular.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados.

29 de julio de 2016

La moción de los diputados Ceroni, Cicardini, Espinosa, Farías, Fuentes, Girardi, Jiménez, Letelier, Pascal y Rubilar, expone que en la actualidad son muchos los hogares monoparentales donde el otro progenitor es solo proveedor, o tiene derechos limitados o simplemente no participa en la crianza del niño/a.

Observa luego que la Relación Directa y Regular de los hijos con el padre o madre que no tiene su cuidado personal, es un derecho y deber del niño, establecido principalmente en consideración del Interés Superior de éste, es por ello que es de suma importancia que este derecho sea ejercido como lo acuerden las partes o lo dictamine un juez.

Sin embargo, los autores de la iniciativa arguyen que nuestra legislación es insuficiente al referirse al incumplimiento del régimen, debido a que solo se refiere a que el progenitor no obstaculizará dicho régimen, pero no señala que sucederá en caso de incumplimiento, ya que es muy recurrente que los padres no cumplan con lo acordado o establecido.

Asimismo, indican que tampoco se encuentra regulado, el incumplimiento u obstaculización del régimen respecto de los abuelos con sus nietos, pudiendo solo contar con la recuperación del tiempo perdido, no existiendo una sanción concreta que pueda ser aplicada por el juez.

Por los motivos antes expuestos, y con el objeto de establecer sanciones concretas en caso de incumplimiento o entorpecimiento del régimen de relación directa y regular por parte de los progenitores, o terceros que, sin motivos plausibles, afectan directamente a los niños/as, el proyecto de ley propone modificar el artículo 403 del Código Penal, sancionando con una pena privativa de libertad a los progenitores, ya sea el titular del derecho como el que ejerce el cuidado personal del niño/a, o de un tercero, cuando no cumplan o entorpezcan el régimen de relación directa y regular, ya sea que este se haya alcanzado en mediación familiar, o por resolución judicial.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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