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Renegociación.

Alternativas que planteó fallo de la CC de Colombia luego del plebiscito que rechazó Acuerdo de Paz. Santos llamó al diálogo.

Indica la sentencia que una votación mayoritaria negativa implica que el acuerdo ya cerrado debe renegociarse.

4 de octubre de 2016

A propósito del reciente resultado para aprobar el Acuerdo de paz celebrado entre el Gobierno colombiano y las FARC, han surgido una serie de alternativas a partir del análisis del fallo de la CC de Colombia que autorizó la celebración del comentado plebiscito.

Cabe recordar que la sentencia de la Magistratura Constitucional de Colombia que hizo lugar a la celebración del plebiscito por la paz, marcó algunas pautas sobre el sorpresivo escenario que se da en aquel país luego del triunfo del ‘No’ en las votaciones.

Así, según la sentencia, una votación mayoritaria negativa implica que el acuerdo ya cerrado debe renegociarse, pero en ningún caso el Presidente de la República, que es la máxima autoridad en materia de paz y orden público en el país, queda inhabilitado para intentar un nuevo acercamiento con este grupo armado.

Asimismo, se sostiene que “si el plebiscito no es aprobado, bien porque no se cumple con el umbral aprobatorio o cumpliéndose los ciudadanos votan mayoritariamente por el ‘No’, el efecto es la imposibilidad jurídica de implementar el Acuerdo Final, comprendido como una decisión de política pública específica y a cargo del gobernante”.

De ese modo, la CC de Colombia expresa que “si se parte de considerar que el plebiscito no reforma la Constitución, entonces una potencial desaprobación del Acuerdo Final tiene incidencia únicamente respecto de la implementación de esa política pública, manteniéndose incólumes las competencias de los diferentes órganos del Estado, entre ellas la facultad del Presidente para mantener el orden público, incluso a través de la negociación con grupos armados ilegales, tendiente a lograr otros acuerdos de paz”. Añade que dichos acuerdos, a su vez, podrán someterse a refrendación popular si así lo deciden el Ejecutivo y el Congreso, “siempre con base en las normas constitucionales que regulan los mecanismos de participación”.

Conforme a lo anterior, el fallo concluyó indicando que en el escenario de una renegociación se podría incluir incluso a “grupos armados ilegales diferentes a las Farc”.

 

 

Vea textos íntegros de la sentencia y del comunicado de prensa.

 

 

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