En fallo unánime.
Corte de Santiago confirmó sentencia que condenó a Patólogo y a Facultad de Medicina por error en diagnóstico de biopsia.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al facultativo y al plantel universitario de la UC a pagar una indemnización de $45.000.000 a las hijas de paciente que recibió un diagnóstico errado de adenocarcinoma.

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Patólogo Sergio González Bombardiere y al Departamento de Anatomía Patológica de la Facultad de Medicina de la Universidad Católica de Chile por error en el diagnóstico de una biopsia.
El fallo del Tribunal de alzada ratifica la responsabilidad de ambos demandados por el error del procedimiento, señalando en la sentencia "que el análisis realizado por la jueza a quo respecto del informe pericial, en armonía con las demás prueba rendida, no aparece contrario a las reglas analizadas, desde que ha sido elaborado conforme las directrices dispuestas por ella y en él no se advierten los cuestionamientos que refiere la actora, en cuanto a su falta de sustento, por lo que el reproche realizado en este sentido habrá de ser también desestimado por estos sentenciadores", sostiene el fallo del tribunal de alzada.
La resolución de la Corte capitalina agregó que "sobre la responsabilidad de la Pontificia Universidad Católica de Chile que aparece condenada en forma solidaria con el doctor González a pagar las indemnizaciones que se indica en la sentencia, lo cierto es que ella fue demandada considerando su responsabilidad por el hecho del dependiente, conforme lo establece el artículo 2320 del Código Civil, circunstancia que aparece acreditada en el proceso desde que el doctor González era parte del Departamento de Anatomía Patológica de la Facultad de Medicina de la Universidad Católica, entidad dependiente de la Pontificia Universidad Católica de Chile, lo mismo que el doctor González, por lo que la decisión adoptada por el tribunal a quo en torno a la condena en dicha calidad se encuentra ajustada al mérito del proceso y a la normativa aplicable en la especie".
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