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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó recurso de protección de sindicato de taxistas contra UBER.

El máximo Tribunal ratificó la resolución dictada por la Corte de Santiago en agosto pasado, que no dio lugar a la acción cautelar por extemporánea.

27 de octubre de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso de protección presentado por el Sindicato de Trabajadores Independientes de Taxis Básicos, Ejecutivos y Turismo, en contra de los representantes legales de UBER Chile SpA.
La sentencia del máximo Tribunal sostuvo "que así las cosas, no puede sino estimarse que los recurrentes tuvieron conocimiento de los actos que motivaron el recurso, al menos en el mes de enero del corriente año, precisamente por el carácter público y notorio de la existencia de los recurridos y los servicios que ésta presta, los que de ninguna manera pudieron ignorar los actores en su calidad de profesionales del giro amagado por la actividad que pretendía y en el hecho desarrollaba UBER Chile Spa".
La resolución de la Corte Suprema agregó que "(…) en este entendido, y habiéndose deducido el recurso de autos, el 20 de mayo de 2016, esto es una vez transcurrido el término establecido en el número 1 del Auto acordado que regula la materia, debe necesariamente concluirse por el arbitrio de autos es extemporáneo y procede su rechazo".

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Ilustrísima Corte de  Santiago.

 

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