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Derechos Humanos.

CIDH publica informe sobre estándares jurídicos de personas en el contexto de la movilidad humana.

La Comisión busca dar directrices en materia de derechos humanos a los Estados de la OEA al momento de adoptar políticas públicas, leyes y prácticas relativas a personas migrantes.

4 de noviembre de 2016

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica un informe sobre "Derechos humanos de migrantes, refugiados, apátridas, víctimas de trata de personas y desplazados internos: Normas y Estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.
En la actualidad, afirma la CIDH, la movilidad humana es hoy por hoy uno de los principales temas de la agenda mundial.
Cabe señalar que a finales de 2015, se estimaba que habían 244 millones de migrantes internacionales a nivel mundial,  lo cual representaba un 3.3% de la población mundial; y se prevé que esta cifra siga aumentando durante las próximas décadas. De esta cifra, cerca de 63 millones de migrantes internacionales viven en países de  América.
A su vez, se calcula que más de 740 millones de personas en todo el mundo son migrantes dentro de sus propios países.
La CIDH se muestra preocupada, tal como lo establece en su informe ya que “dentro de la migración interna es de especial gravedad la situación de aquellas personas que se han visto forzadas huir de sus hogares dentro de sus propios países, tal como es el caso de los desplazados internos. En el continente americano, hay más de 8 millones de desplazados internos como consecuencia de la violencia y conflictos armados. Muchas más personas también se han visto forzadas a desplazarse a causa de megaproyectos de desarrollo, industrias extractivas y el impacto de desastres naturales y el cambio climático”.
El documento analiza las principales dinámicas y causas de la migración en el continente. “Entre algunos de los principales factores que promueven la migración en la región se destacan las crecientes disparidades socio-económicas, en particular en términos de desigualdad, pobreza y necesidades básicas insatisfechas; el impacto generado por conflictos armados y la violencia criminal en algunos países; el deterioro de la situación económica, social y política de diversos países; las necesidades de reunificación familiar; el impacto del accionar de empresas nacionales y transnacionales; y el cambio climático y los desastres naturales”, indica éste.
La CIDH señala que “en años recientes se han registrado algunos avances en el reconocimiento normativo de derechos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA)". Sin embargo, continúa "estos avances aún son insuficientes ante las realidades que enfrentan las personas en el contexto de la movilidad humana en la práctica. Este informe resulta particularmente relevante en un momento en que las políticas migratorias de algunos Estados de la región abordan la migración más desde un enfoque de seguridad nacional y contención de los movimientos migratorios que desde un enfoque de derechos humanos. Durante los últimos años, la Comisión ha observado con preocupación cómo algunos Estados han endurecido sus políticas migratorias, en un contexto en donde movimientos nacionalistas y políticos populistas promueven discursos y acciones racistas y xenófobas en contra de personas migrantes, apátridas o personas que están en riesgo de ser apátridas”.  
Uno de los desafíos principales que la Comisión ha identificado en relación a las personas en el contexto de la movilidad humana tiene que ver con los obstáculos que estas personas enfrentan para acceder a la justicia. “Esto ocasiona que la mayor parte de las violaciones a los derechos humanos de personas en el contexto de la movilidad humana queden en la impunidad y que estas personas no tengan acceso a un recurso judicial efectivo ni a reparación integral. Este informe surge en respuesta a la acuciante necesidad de que el derecho a la protección judicial y el acceso a la justicia constituyan una herramienta efectiva para que las personas en el contexto de la movilidad humana puedan reclamar el cumplimiento de sus derechos cuando estos han sido violados y  les garantice la igualdad ante la ley y la no discriminación”, indica el texto.
La Comisión especifica cómo llegó a este informe, señalando que  “es el resultado de un proceso liderado por la Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH que recoge y sistematiza la jurisprudencia y doctrina que han desarrollado los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos con relación a las personas en el contexto de la movilidad humana. Los estándares presentados en este informe son los que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana han desarrollado a través de informes de peticiones y casos, sentencias, opiniones consultivas, medidas cautelares, medidas provisionales, así como informes de países e informes temáticos a lo largo de las casi seis décadas que han transcurrido desde la creación de la Comisión Interamericana en 1959”.
El objeto de este documento, señala la CIDH, es “dar directrices en materia de derechos humanos a los Estados de la OEA al momento de adoptar políticas públicas, leyes y prácticas relativas a personas migrantes, solicitantes de asilo, refugiados, personas en necesidad de protección complementaria, apátridas, víctimas de trata de personas y desplazados internos. Asimismo, este informe busca ser una herramienta para jueces, autoridades públicas, organismos nacionales de derechos humanos, abogados, defensores de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales, así como para las mismas personas en el contexto de la movilidad humana, sobre el alcance y contenido que los órganos del Sistema Interamericano le han dado a sus derechos y las formas para justiciabilizarlos”. 

 

Lea el informe completo.

 

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