Segunda sala.
TC no admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre giro doloso de cheques que afectaría principio de legalidad.
La gestión pendiente incide en los autos sobre giro doloso de cheques, de que conoce el Juzgado de Garantía de Temuco.

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 22 del Decreto con Fuerza de Ley N° 707 de 1982, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques.
El precepto impugnado se refiere a los fondos o créditos disponibles suficientes en cuenta corriente con que debe contar el librador en poder del Banco librado y el giro doloso de cheques.
La gestión pendiente incide en los autos sobre giro doloso de cheques, de que conoce el Juzgado de Garantía de Temuco.
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TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas que permiten aumentar plan de salud por inclusión de recién nacido.

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