Diario Constitucional

Por unanimidad.

Senadores otorgaron competencia absoluta a los juzgados del trabajo en caso de accidentes de responsabilidad del empleador.

La norma permitirá no sólo al trabajador, sino que los herederos de éste en caso de muerte, puedan interponer las acciones reparatorias ante el propio juzgado laboral, sin que tengan que recurrir a la justicia civil.

Por Redacción·18 de noviembre de 2016·1 min de lectura
Senadores otorgaron competencia absoluta a los juzgados del trabajo en caso de accidentes de responsabilidad del empleador.
Referencial

Por unanimidad, el Senado despachó a segundo trámite constitucional la moción que otorga competencia a los tribunales laborales en materia de indemnización por muerte a causa de accidentes del trabajo.

La norma tiene por objeto “ampliar la competencia de los tribunales del trabajo para conocer de las demandas en las que se pretenda hacer efectiva la responsabilidad contractual del empleador por los daños producidos como consecuencia de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, permitiendo que ya no sólo el trabajador sobreviviente, sino que los herederos de éste en caso de muerte, puedan interponer las acciones reparatorias ante el propio juzgado laboral, sin que tengan que recurrir a la justicia civil como lo es hasta ahora”.

A juicio de la senadora Adriana Muñoz, presidenta de la Comisión de Trabajo, la opinión de la Corte Suprema fue desfavorable, señalando que la responsabilidad demandada por los herederos a título personal es de carácter extracontractual y, por lo tanto, debe ser conocida por los tribunales civiles, ya que la normativa protectora del trabajo tiene carácter especial, inspirada en la relación laboral de las partes.

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