Diario Constitucional

Eventual intervención política.

CGR ordena a Gobernación Provincial de Valparaíso regularizar control de asistencia de funcionarios.

La CGR concluye sosteniendo que corresponde que la Gobernación Provincial de Valparaíso proceda a regularizar las situaciones observadas.

Por Redacción·11 de diciembre de 2016·4 min de lectura
CGR ordena a Gobernación Provincial de Valparaíso regularizar control de asistencia de funcionarios.
Referencial

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte del Secretario General de la Cámara de Diputados, a requerimiento del diputado Urrutia- la verificación de los registros de asistencia, entre el 13 y 21 de junio de 2016, de los funcionarios de la Gobernación Provincial de Valparaíso; que se detallen los permisos administrativos, feriados legales u otro tipo de autorización otorgada a esos servidores para ausentarse de sus labores durante el anotado periodo, y que se compruebe el cumplimiento por parte de aquellos, de la normativa que impide a los funcionarios públicos intervenir en campañas políticas.

Al respecto, el ente de control recordó que, de conformidad a su jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes Nos 23.853 y 77.843, ambos de 2015, ha manifestado que los servidores públicos, cualquiera sea su jerarquía y con independencia del estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar, en el ejercicio de sus cargos o labores, dentro de las dependencias estatales o utilizando bienes institucionales, cualquier actividad de carácter político, como lo serían, a manera ejemplar, hacer proselitismo o propaganda política, promover o intervenir en campañas, participar en reuniones o proclamaciones para tales fines, asociar la actividad del organismo respectivo con determinada candidatura, tendencia o partido político, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares con el mismo objeto y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, por cualquier medio, candidaturas, tendencias o partidos políticos.

En ese contexto, la Contraloría advierte que se debe tener presente las instrucciones impartidas con motivo de las elecciones municipales a través de los oficios circulares Nos 8.600 y 69.300, ambos de 2016.

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