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Ley de probidad.

Moción modifica administración de patrimonio de quienes ejercen determinados cargos públicos.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.

14 de diciembre de 2016

La moción de los diputados Becker, Coloma, Melero, Monckeberg y Núñez, expone que la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, obliga hacer público mediante una declaración de patrimonio e intereses, todo el patrimonio de la autoridad pública, incluyendo sus bienes tanto en Chile como en el extranjero.

Observa luego que al establecer la obligación de enajenar o someter sus bienes a una administración separada sin información para el mandante, lo que se ha denominado un “fideicomiso ciego”, solo somete a dicha regulación las acciones en sociedades anónimas abiertas, a las opciones de compra y venta de dichos títulos y a bonos, debentures y demás títulos de oferta pública representativos de capital o de deuda; todos emitidos por entidades constituidas en Chile e inscritas en los registros de las autoridades chilenas.

Al respecto, los autores de la iniciativa sostienen que se hace necesario ampliar dicha obligación, al igual como se hizo respecto a la obligación de declarar patrimonio e intereses, a los títulos de oferta pública representativos de capital o deuda y las opciones de dichos títulos emitidos en el extranjero.

Agregan que existe escasa evidencia que autoridades chilenas puedan influir de manera decisiva en autoridades extranjeras, de una forma que pudiera significar un beneficio para sus negocios.

Por las razones expuestas y con el objeto de avanzar en esta materia para despejar cualquier duda y así terminar con un debate que ha llevado a ensuciar la actividad política y evadir los problemas que hoy enfrenta Chile, el proyecto de ley propone modificar la citada Ley Nº 20.880, estableciendo la posibilidad de que la autoridad pueda optar por otorgar un mandato de administración a entidades financieras constituidas en Chile o en el extranjero.

Asimismo, plantea establecer la obligación de constituir un mandato de administración o fideicomiso ciego para las principales autoridades del país, sin un límite de patrimonio. Es decir, todas las personas que pretendan asumir un cargo de responsabilidad pública, deberán enajenar o radicar en un tercero independiente la administración de acciones en sociedades anónimas abiertas, opciones de compra y venta de dichos títulos y a bonos, debentures y demás títulos de oferta pública representativos de capital o de deuda, que pudieren generar un conflicto de interés.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.

 

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

 

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* Se publicó en Diario Oficial auto acordado que implementa ley sobre declaración de intereses y patrimonio…

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