En fallo unánime.
Corte de Santiago rechazó reclamo de ilegalidad y ordenó al INE entregar información por Ley de Transparencia.
El Tribunal de alzada descartó que la entrega de la información solicitada vulnere la reserva de los datos.

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó reclamo de ilegalidad presentado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT) que le ordenó entregar información sobre "la variable que identifica el período de tiempo donde se realizó la encuesta para cada hogar", utilizada en la "VII Encuesta de Presupuestos Familiares".
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que "corresponde desechar los argumentos esgrimidos por el INE, toda vez que, no tienen sustento jurídico, pues, por una parte, no existe prohibición alguna para divulgar la información, como tampoco excede de sus atribuciones legales que entregue los datos que corresponden a una primera etapa del proceso que ya ha quedado concluido; y, que en su oportunidad, ella misma había hecho pública a través de su página web".
La resolución de la Corte capitalina señala también que "(…) resolver en contrario significaría validar la existencia de un organismo público, que decida per se que información validar o que información hacer oficial, y que, por lo mismo decida por sí mismo que información es pública, sin injerencia alguna del Consejo para la Transparencia, lo que a todas luces se opone a lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución y en la Ley de Transparencia, por lo que no cabe, bajo todo respecto, sino rechazar el presente reclamo, con costas".
Te puede interesar

Artículo 553 del Código Civil.
Corte de Valdivia acogió recurso de protección en contra de bomberos de Corral.

En fallo unánime.
CS ordenó a director y a medio de comunicación pagar indemnización por publicar información injuriosa de general en retiro.

En fallo unánime.
TOP de Chillán absolvió a acusado de homicidio tras establecer que actuó en legítima defensa.

