Noticias

Segunda sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas sobre cobro de obligaciones tributarias que transgredirían debido proceso.

La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento especial de cobro de obligaciones tributarias seguido ante el 21° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.

26 de diciembre de 2016

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 2° N° 2° del D.F.L. N° que fijó el Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías y los artículos 170, 171, 172, 173, 177 inciso 4°, 178 incisos 1, 2 y 3, del Código Tributario.

Los preceptos en cuestión se refieren a la cobranza coactiva, ya sea judicial, extrajudicial o administrativa, así como también a las facultades jurisdiccionales al Tesorero Regional y/o Provincial y al abogado Provincial.

La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento especial de cobro de obligaciones tributarias seguido ante el 21° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago.

El requirente estima que los preceptos legales impugnados son contrarios a los artículos 7°, 19 N° 2° y 3°, así como también los artículos 38, 76 y 77, todos ellos de la Constitución Política, por cuanto su aplicación deviene en el juzgamiento, determinación de derechos y ejecución de una persona por parte de un tribunal que carece de independencia e imparcialidad en el marco de un procedimiento que no contempla posibilidades reales de defensa ni tutela judicial ni revisión de los actos procesales.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3297-16.

 

 

RELACIONADOS

* TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre admisibilidad de antecedentes en período probatorio de proceso tributario…

* Corte de Santiago confirmó absolución de ejecutivos de Holding Inverlink por no acreditarse delitos tributarios…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *