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Sin fundamento plausible.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas sobre abandono del procedimiento que afectarían igualdad ante la ley.

La gestión pendiente invocada recae en un recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

5 de enero de 2017

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, ambos relativos al incidente de abandono del procedimiento.

La gestión pendiente invocada recae en un recurso de casación en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

En su resolución, la Magistratura Constitucional sostiene, en síntesis, que, del examen del requerimiento interpuesto, ha logrado convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que ella será declarada derechamente inadmisible, al concurrir en la especie la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, esto es, carecer de fundamento plausible, atendido que no es competencia del Tribunal Constitucional resolver un conflicto de interpretación de la ley.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 3284-16.

 

 

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