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En fallo unánime.

Corte de Puerto Montt rechaza recurso de amparo de imputado por ejercicio ilegal de la profesión de abogado en contra de Gendarmería.

El Tribunal de alzada rechazó el recurso tras tener a la vista los antecedentes presentados por recurrida.

6 de enero de 2017

La Corte de Puerto Montt rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Glicciano Rocco Rocco, quien se encuentra en prisión preventiva imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de usurpación de nombre, ejercicio ilegal de la profesión de abogado, estafa y uso malicioso de instrumento público falso, en contra de Gendarmería por, supuestamente, haberlo trasladado hasta San Antonio, el 23 de diciembre pasado, sin las medidas que había dispuesto el Juzgado de Garantía de la ciudad.
La sentencia del Tribunal de alzada sostuvo que «de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile es posible verificar que el traslado cuestionado fue ordenado por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, previo exhorto del Juzgado de Garantía de San Antonio, con la finalidad de realizar audiencia de formalización del imputado en causa RIT 7364-2016 de dicho tribunal».
La resolución de la Corte de Puerto Montt agrega «que, en razón de lo anterior, es posible concluir que dicho desplazamiento fue realizado en cumplimiento de una orden judicial, dictada por juez competente, con la finalidad de desarrollar una actuación procesal donde la presencia del imputado es requisito para su validez, por lo que no se vislumbra aquí ilegalidad alguna que pueda ser corregida por esta vía, siendo imposible acceder a lo solicitado por el amparado en lo petitorio de su libelo».
El fallo del Tribunal de alzada agregó que “habiéndose controvertido las circunstancias en que ejecutó el traslado, en cuanto a la segregación del amparado y a la provisión de los medicamentos que debe ingerir, tales hechos no han sido afirmados ni desmentidos por la recurrida en su informe, por lo que su efectividad deberá ser indagada en la audiencia de cautela de garantías, convocada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt para el 11 de enero próximo, magistratura ordinaria que cuenta con competencia para dilucidar tal circunstancia, mediante un procedimiento que permita reunir los antecedentes necesarios para ello y, así, adoptar las medidas conducentes para el debido resguardo de los derechos del interno».

Vea texto íntegro de la sentencia.

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