Suspensión con disidencia.
TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la ley de arrendamiento que impide conceder orden de no innovar vulnerando debido proceso.
La suspensión del procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona y García, quienes estuvieron por denegarla.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 8, numeral 9°, segundo párrafo, parte final, de la ley N° 18.101 que fija normas especiales para el arrendamiento de predios urbanos.
La gestión pendiente incide en los autos sobre arrendamiento de predio urbano, seguidos ante el 29° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, en virtud de un recurso de apelación.
La suspensión del procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona y García, quienes estuvieron por denegarla.
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