Por unanimidad.
Segundo Tribunal Ambiental condena a Minera Esparta a reparar el daño ambiental en Quebrada de La Plata en Maipú.
Se acogió las demandas de la Municipalidad de Maipú y del Estado de Chile y le ordenó a la empresa reparar el medio ambiente dañado.

Por unanimidad, el Segundo Tribunal Ambiental acogió la demanda de reparación por daño ambiental presentada por la Municipalidad de Maipú y el CDE en contra de Minera Esparta Limitada, ex Minera La Española Ltda., ordenándole a la empresa a ejecutar una serie de acciones que permitan recuperar el medio ambiente afectado.
La sentencia sostiene “que, en consecuencia, a la luz de todos los antecedentes probatorios señalados en los considerandos precedentes, no desvirtuados por el demandado, y apreciados conforme a las reglas de la sana crítica, -de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Nº 20.600- el Tribunal concluye que en el caso de autos se ha configurado un daño ambiental en la Quebrada de la Plata en particular en sus componentes suelo, flora, cauces de aguas superficiales y paisaje”.
La resolución detalla que en este caso se aplica la presunción de culpabilidad del artículo 52 de la Ley N° 19.300, de bases generales del medio ambiente, pues la empresa, al desarrollar una actividad minera sin contar con una RCA y al cortar sin autorización bosque y vegetación nativa, cometió diversas infracciones a normas de protección, conservación y preservación ambiental.
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