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En determinados delitos.

Moción establece obligatoriedad de prisión preventiva en caso de reincidencia.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

11 de enero de 2017

La moción de los diputados Becker, Berger, Farcas, Garcías, Paulsen, Pérez, Sabat y Santana y Verdugo, expone que la Ley N° 20.253, de la Agenda Corta Antidelincuencia, introdujo modificaciones en materias tales como facultades policiales, flagrancia, reincidencia y especialmente en la regulación de la prisión preventiva, respecto al recurso de apelación del Ministerio Público para determinados delitos, y la inclusión del peligro de fuga como una causal alternativa del peligro para la seguridad de la sociedad.

Observa luego que dicha ley, al distinguir entre la seguridad de la sociedad y el peligro de fuga, permitiría sostener que se trata de dos objetos distintos, considerando a la primera como un mecanismo dirigido a combatir a los imputados reincidentes, es decir, se utilizaría a la prisión preventiva, como un medio de control. Agrega, que la causal en comento, implicaría un peligro de reincidencia, lo que puede observarse cuando el legislador alude a consideraciones como: la existencia de procesos pendientes, el hecho de encontrarse sujeto a alguna medida cautelar personal, en libertad condicional o gozando de algunos de los beneficios alternativos a la ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad, la existencia de condenas anteriores cuyo cumplimiento se encontrare pendiente, entre otros. De este modo, señala que el peligro para la seguridad de la sociedad incluiría el peligro de fuga, la reiteración delictiva y la alarma pública o legitimidad del sistema.

Al respecto, los autores de la iniciativa sostienen que uno de los problemas más graves del sistema penitenciario chileno, son las altas tasas de reincidencia. Afirman, que lo anterior tiene directa relación con el sentir de la ciudadanía acerca de la delincuencia, en el sentido de que existir una total impunidad respecto de los delincuentes reincidentes, pues se estima que estos, pese a ser sometidos a nuevos procesos en su contra, los Tribunales los siguen dejando en libertad, de manera que circulan tranquilamente por las calles, aumentando fuertemente la sensación de inseguridad que existe en la mayoría de los chilenos.

Por los motivos antes expuestos, proponen modificar el artículo 139 del Código Procesal Penal, estableciendo que será obligatoria la prisión preventiva en caso de reincidencia respecto de los delitos de: Homicidio, Lesiones corporales, Robo, Estupro, y otros delitos sexuales, sancionados con pena de presidio mayor en su grado mínimo a máximo”.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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