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Control de constitucionalidad.

Acerca del Tribunal Constitucional de Alemania y los procesos independentistas en Cataluña.

La independencia de Cataluña solo podría lograrse por la vía de la reforma constitucional, indica la columna.

18 de enero de 2017

Recientemente, el académico Diego Fierro Rodríguez ha tratado en una columna el control constitucional en Alemania sobre el plebiscito en Bavaria y el caso catalán.

Al respecto, señala el texto que el problema de la independencia de Cataluña sigue estando presente para los ciudadanos del año 2017 después de varios años con vicisitudes complejas en las relaciones entre la Comunidad Autónoma y el Estado. No hay solución viable que guste a todos y, por eso, la confrontación sigue existiendo.

Asimismo, expone el autor que a finales del pasado año, el Tribunal Constitucional alemán dictó una sentencia, cuyo contenido pudo conocerse por varios medios de comunicación, que establece la prohibición de celebrar un referéndum independentista en Baviera. El argumento jurídico que se empleó esencialmente fue el relativo a la naturaleza del Estado alemán, en el que la soberanía corresponde a la totalidad de los ciudadanos, no pudiendo depender el mantenimiento del territorio de una parte de los alemanes.

Y es que, curiosamente, las razones que explican jurídicamente la resolución del Tribunal Constitucional alemán son exportables a España. El dato puede comprobarse observando cuidadosamente la Constitución Española de 1978.

Sobre el particular, indica el documento, el artículo 2 de la Constitución dice que “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Este precepto marca que España es un Estado, formado por nacionalidades y regiones que tienen, únicamente, el derecho a la autonomía dentro de los límites constitucionalmente fijados.

De esa forma, concluye la columna manifestando que  la independencia de Cataluña solo podría lograrse de un modo jurídicamente válido, como ha indicado el Tribunal Constitucional español en varias resoluciones, por la vía de la reforma constitucional para introducir el derecho a decidir sobre la autodeterminación de las Comunidades Autónomas. Optar por otra vía para conseguir la independencia de Cataluña implicaría permitir el nacimiento viciado, por falta de absoluta legitimidad, de un Estado catalán.

 

 

 

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