No existe identidad.
CPLT declaró inadmisible amparo de acceso a la información contra SERNAGEOMIN.
El Consejo para la Transparencia expone en síntesis que no existe identidad entre el solicitante de información y quien recurrió de amparo ante este Consejo.

Se dedujo acción de amparo de acceso a la información pública en contra del SERNAGEOMIN, fundado en la ausencia de respuesta a su requerimiento respecto al cierre de faenas mineras.
En su decisión, el Consejo para la Transparencia expone en síntesis que no existe identidad entre el solicitante de información y quien recurrió de amparo ante este Consejo, toda vez que la persona que dedujo el amparo es una persona distinta de quien requirió de amparo.
De ese modo, conforme a lo anterior, el CPLT concluye declarando la inadmisibilidad del amparo de acceso a la información presentado en autos.
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